Los recibos de la cuota de comunidad NUNCA están a nombre del inquilino.
En principio por domiciliar un recibo a tu cuenta (nunca te cargarían uno emitido a cargo de un tercero) no se cobra dinero. Se cobra, normalmente, al emisor, la comunidad.
Y, por domiciliar un abono mensual -que yo sepa- no te cobra ni dios; hay entidades que, hasta te darían un regalillo ...
Salud!
Creo que lo primero que se debía haber establecido en esta polémica es saber a qué entidad y en qué cuenta se deben ingresar los pagos a la D.G.T. Por lo tanto, tendrás que ir al banco -NO OFICINA- con la que hayan convenido ese suculento contrato. En consecuencia, y lamentablemente, tendrás que ir donde está asignado.
En mi opinión uno es cliente de un establecimiento abierto al público desde el momento en que entro por la puerta siempre, como es obvio, me comporte de forma correcta ...
Salud!
Me temo que no te pueda contestar a nada que no sepas, no obstante y empezando por el final, lo que no entiendo y admito es por qué si eres cliente de una entidad se les permite que te remitan a TU SUCURSAL para explicarte cualquier asunto si tienen toda la información a su alcance y eres cliente de ese banco. Yo, no acepto esas excusas y me planto hasta que me resuelvan el problema ... Lo que sigue lo puedes obviar ...
Respecto a las acciones, que yo sepa, solo se puede o debe tener una cuenta de valores por titular exclusivo en cada sucursal y las condiciones serán las convenidas ... También es sabido que si eres accionista de TEF. v. gr., te venderán primero las más antiguas con indpendencia que las tengas depositadas en ING, cualquier broker o Bankia como tú mismo reconoces.
Salud!
En principio y como norma general, sí pero no necesariamente. Pongo un ejemplo: yo necesito hacer una obra para la que necesito mucha más potencia que la contratada y bastantes herramientas con gran consumo durante un corto espacio de tiempo ... manipulo el ICP y el contador y luego, si me pillan, argumento que no puede ser en base a lo que razonáis. ¿Ha habido manipulación? ¿Vdes. se creen que éso no ocurre? Aparte de otros tipos de enganche ...
Salud!
Aquí te lo explican bastante bien aunque un servidor discrepa, salvo mejor opinión respecto al tratamiento de las acciones porque las no cotizadas os las pueden poner a nombre de los herederos. Quien mejor os puede asesorar, y gratuitamente, es el notario que puede actuar de corredor.
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/finanzas/2010/10/18/196546.php
Salud!
Sería muy de agradecer en base a qué gano el juicio tu vecino ya que la política de Iberdrola, y del resto de suministradoras, consiste en que sea el usuario quien se costee la linea en obra nueva con el agravante que, desde hace unos años tiene que ser subterranea. Es más, los ayuntamientos -creo- no te dan la oportuna licencia si no dispones tanto de suministro de agua como de luz que, en ambos casos, tienes que costear tú la traida.
Salud!
El raposo cuidando el gallinero ... Insisto, no creo que la misión del regulador sea animar a que nos sableen más si no a éso: REGULAR, fiscalizar y denunciar a los extorsionadores.
Salud!