Me autorespondo, en los comentarios de youtube también lo dicen ... esta tabla solo se aplica en caso de haber constituido la renta vitalicia como reinversión para exención de ganancias, a los casos que se refiere el articulo 38.3 de la Ley de IRPF.
Pues con la tontería de las dos cuentas, de los 4000€ que si los pongo, que si luego los puedo quitar ... que ganas de complicarnos la vida.´Personalmente me iba a abrir cuenta, pero todo esto me echa para atrás, no se que sentido tendrá para ellos, pero pierden clientes potenciales como yo, de eso estoy seguro. PD: Me quedo en Renault.
¿Puedo abrir una Cuenta Facto y de momento no realizar ningún depósito?Es decir, mi idea es tenerla preparada y operativa por si me interesa abrir un depósito la semana que viene, el mes que viene ... (dejando un euro en la cuenta de la transferencia de prueba)