Ese fallo en tu padrón no es culpa de tu ayuntamiento. Es fallo de la S.S, que han mezclado datos de unos y otros. Es como a las personas que les han achacado un patrimonio que no tienen alegando que Hacienda les ha comunicado eso y Hacienda lo niega en rotundo. Es fallo de la S.S. Por desgracia es así, el IMV es un cúmulo de fallos e incompetencia, la SS alega falta de personal, otra gran mentira, ya que si aportas vía telemática algo relacionado con las pensiones, las ILT, de bajas laborales o altas, lo ven al día siguiente......y sin embargo los expedientes y reclamaciones del IMV languidecen mes tras mes....explicación....algo turbio, muy turbio hay detrás de eso.
El CSV se encuentra impreso en todas las páginas que componen un documento electrónico , por lo tanto, supongo que descaste la declaración una vez presentada, ahí lo tienes.
La única forma posible de contestar a una Reclamación Previa es vía notificación, ya sea esta notificación por vía telemática o por vía postal. Si te pone resuelta te notificarán la resolución en breve plazo.
Cuando se considere que existe el riesgo de que terceras personas no autorizadas puedan estar en conocimiento de ciertos datos de la declaración o casos de contribuyentes que hayan publicado su declaración de Renta, el contribuyente puede utilizar la opción "Inhabilitar obtención de referencia mediante casilla" de la sede electrónica para impedir la obtención de la referencia del expediente mediante el importe de la casilla 505 de la declaración de Renta . Esta opción deshabilita la posibilidad de presentar la declaración por internet.La inhabilitación es permanente hasta que se rehabilite en una oficina de la AEAT. En algún momento, tú o alguien que te hacia la declaración deshabilito esa casilla. La única opción posible para volver a habilitar la presentación por internet es presencialmente en la Agencia Tributaria.No es porque no estés obligada a presentar declaración, sino por que en algún momento alguien deshabilito la opción.
La han trasladado al departamento encargado de su gestión, al menos ya esta donde debería. Ahora dependerá de lo saturado que esté, por norma general significa que se inicia el tramite de estudio y verificación.
Si la presentaste personalmente o bien mediante certificado digital o clave la única forma de saber su estado es pidiendo cita presencial en la SS.El único sitio donde puede consultarse su estado es si la hubieses presentado en este enlace donde si te asignan un número para poder consultar su estado.https://tramites.seg-social.es/acceso/reclamacion-previa.html
SI, ha pasado a otras personas, suele estar relacionado con errores en el empadronamiento e incluso con error garrafal de la SS.Contra eso solo hay dos opciones:-Presentar una nueva solicitud (no hay garantías de que no vuelvan a cometer el mismo error)-Presentar Reclamación Previa adjuntando un escrito donde te opones a la resolución de denegación y alegando tu verdadera unidad de convivencia adjuntando un certificado histórico familiar de empadronamiento. este proceso es más lento pero más fiable, ya que para estimar o desestimar la reclamación deberán comprobar la veracidad y el posible error y en caso de estimarla sería con carácter retroactivo, o sea con fecha de la solicitud a efectos de pagos.Puedes presentar reclamación previa en el siguiente enlace:https://tramites.seg-social.es/acceso/reclamacion-previa.htmlNo precisa certificado Digital ni cl@ve y te asignaran un número de registro electrónico y una clave donde poder consultar el estado de la Reclamación y adjuntar documentación si te la requieren.