Es muy posible, ya que depende del concepto que el pusiese al hacer el ingreso o bien que el lo haya declarado como gasto en su declaración. Cuando hagas algún trabajo sin dar de alta, no debes cobrarlo vía cuenta bancaria, sino en efectivo. También cabe la posibilidad de que te diese de alta por muy breve tiempo y no te hayas percatado de ello, ya que si es alta y baja casi simultanea al sistema no le da tiempo a nada pero si lo contabiliza. Si, te lo descontaran al actualizar ya que son rendimientos de trabajo.
Em importe , si lo percibes integro, de tu unidad familiar son 1243.82 mensuales, que son 14,925 anuales. pero no implica que debas declarar el exceso, debes declarar el exceso si te figura en tu certificado de renta, ya que ese importe anual es divisible por tu unidad familiar. Mira tu certificado de rentas y el de tu pareja, la cantidad que ponga ahí si supera los 12 y pico si habrías de declarar el exceso, de los dos, ya que la hareis conjunta supongo
Sois 2 adultos y los menores, mira tu certificado de rentas, has de declarar el exceso de 12 y pico si en tu certificado de rentas figura ese exceso, sino no, ya que si habeis cobrado mas de ese importe al ser dos adultos debe estar dividido. Si tu certificado de rentas es inferior a 12000 euros no has de incluir nada.
De cada uno, ya que el ingreso mínimo vital se da a un titular basándose en su unidad familiar, en caso de que por ejemplo sean dos adultos nunca van a superar esa cantidad, y si lo hacen al sumar atrasos la cantidad de cada declarante será el 50% de lo percibido.Si es una unidad familiar de dos adultos y varios menores y han percibido más de esa cantidad, el titular deberá incluir la cantidad que figure en su certificado de rentas, pero solo el exceso de 12.189,42
Mira el borrador bien ya que lo que se declara ahora es el 2021 y además el IMV es renta exenta si no supera los 12 y pico de euros, en caso de superarlos solo se incluye el exceso de esa cantidad. ¿estas seguro de haber mirado el borrador de la declaración de Hacienda?. En tu borrador de la Declaración de Hacienda del ejercicio 2021 no puede figurar nada del IMV a no ser que supere la cantidad dicha anteriormente.
Para calcular la actualización del IMV tendrán en cuenta los rendimientos de trabajo, esos 3112 euros. Las demás reducciones y gastos deducibles solo afectan a la base imponible general a nivel tributario, para el IMV te tendrán en cuenta la casilla que pone ""Total Ingresos computables"