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Beatlelarry

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Beatlelarry 08/06/24 19:59
Ha respondido al tema Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Se trataba de un contrato por obra y servicio de 6 meses. Tras la finalización del contrato, puse una demanda  por diferencias salariales que gané por sentencia firme en junio de 2023. En abril de este año 2024 me abonaron la cantidad reclamada. En la nómina que recoge estos atrasos me aparecen 3 partidas: atrasos, indemnización fin de contrato e intereses judiciales. Los intereses judiciales + la indemnización lo han incluido como beneficio patrimonial. Mi duda era si la indemnización es beneficio patrimonial. Desde luego, el técnico de Hacienda es el que me ha hecho la Renta y así lo ha incluido. Yo no pensaba que la indemnización entraba como ganancia patrimonial.
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Beatlelarry 08/06/24 17:51
Ha respondido al tema Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Hola.Finalmente acudí a la oficina de Hacienda para que un funcionario me realizara la declaración de la renta. Tal como se expuso aquí, se ha incluido la cantidad abonada por sentencia judicial firme de 2023 y abonada el pasado mes de abril de 2024 en esta declaración de 2023.Mi duda es la siguiente: me ha incluido como ganancia patrimonial tanto los intereses judiciales como la indemnización por fin de contrato (ha sumado las dos cantidades, dejando como rendimiento del trabajo lo que son los atrasos). ¿Esto es correcto? Muchas gracias.
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Beatlelarry 17/05/24 23:16
Ha respondido al tema Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Bueno, entiendo que el asesor también saldría perdiendo a la larga, ya que si me sancionaran con un recargo, evidentemente ni se me ocurriría volver a hacer ninguna declaración de la renta con este señor. Sí podríamos acusarle de mal profesional en todo caso por su desconocimiento o mala interpretación de la norma.Me ciño entonces a todo lo que se ha expuesto en este hilo de que tengo que declarar esa cantidad en este periodo impositivo de la renta 2023.Muchas gracias.
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Beatlelarry 17/05/24 13:25
Ha respondido al tema Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Buenas tardes.Retomo este tema, debido a que al aportar la documentación para hacer la declaración de la renta de este año, el asesor me dice que él entiende que el dinero que me han abonado en abril de este año 2024, por sentencia judicial de junio de 2023, debería declararlo en la declaración del año que viene, no en la de este año (eso sí, imputando esos ingresos al año 2023, año de la sentencia firme), pues argumenta que, de las retenciones que me ha hecho el Ayuntamiento (la empresa que me paga y a la que gané el juicio), Hacienda no va a tener constancia hasta que el Ayuntamiento no le pase la información en enero del año que viene.¿Este criterio del asesor es correcto? Me sigue sin quedar claro...¡Muchas gracias!
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Beatlelarry 19/04/24 21:07
Ha respondido al tema Reanudar subsidio mayores de 52 años y renta a tener en cuenta
Muchas, gracias.Buscando información sobre este tema, encontré este artículo, que en este caso hace referencia a cómo hacer la declaración de la renta de una cantidad cobrada por sentencia judicial.https://www.csit.es/CSIT_Informa/Noticias_CSIT/Detalle/27042023_Como_hacer_Declaracion_Renta_cobrado_21492Al final del artículo, aparece esto:"¿Y si se abonan intereses moratorios por retraso en el pago de la sentencia?En ese caso, no son rendimientos del trabajo, sino que se incluyen como ganancia patrimonial."Entiendo que esto hace referencia a la declaración de la renta, que no tiene por qué coincidir con el criterio del SEPE. Pero podría considerarlo éste como ganancia patrimonial y contar en el límite de ingresos mensual?Saludos.
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Beatlelarry 19/04/24 14:18
Ha respondido al tema Reanudar subsidio mayores de 52 años y renta a tener en cuenta
Buenas tardes.Ya he recibido el dinero estipulado en la sentencia judicial. Otra duda que me surge respecto al subsidio de mayores de 52 años que actualmente estoy percibiendo es la siguiente: En la nómina que recoge las cantidades abonadas indicadas en la sentencia, hay un apartado de "Intereses judiciales",  o sea, intereses moratorios por el retraso en el pago de la sentencia. ¿Esa cantidad sería una ganancia patrimonial y habría que tenerla en cuenta en el subsidio de mayores de 52 años o forma parte también de los rendimientos del trabajo? Son más de 1000 € esos intereses.Gracias y saludos. 
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Beatlelarry 08/03/24 20:10
Ha respondido al tema Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Perfectamente aclarado y contemplados todos los escenarios posibles. En mi caso particular, la sentencia fue firme (mi abogado llegó a un acuerdo con la empresa, que es un ayuntamiento, y la sentencia recoge la cantidad pactada entre las partes) y, como bien dices, he esperado pacientemente, aunque ya me estaba planteando un recurso para ejecutar la sentencia por la excesiva dilatación en el pago. Parece que no será necesario finalmente y la cantidad se abonará este mes. Si todo sigue su curso, entonces incluiré la cantidad en el IRPF de 2023.Mil gracias por la ayuda.
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Beatlelarry 08/03/24 19:25
Ha respondido al tema Cobro de salario atrasado por decisión judicial
Muchas gracias. "…si el periodo sobre el que has ganado dichas cantidades es superior a dos años…"Las cantidades adeudadas van desde diciembre de 2019 a mayo de 2020. Entiendo que ese periodo son 6 meses…Un saludo.
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Beatlelarry 30/01/24 12:44
Ha respondido al tema Reanudar subsidio mayores de 52 años y renta a tener en cuenta
Buenos días.Actualizo esta duda que planteaba, por si a alguien mas le sirve de ayuda. Un compañero de trabajo (en el año 2020), que también cobra actualmente el subsidio para mayores de 52 años y que también ganó la demanda por reclamación de cantidad en materia de diferencia salarial por un trabajo realizado en el año 2020 (mismo caso que el mío) ingresó el pasado mes de noviembre de 2023 la cantidad reclamada (más de 10 mil euros). Informó al SEPE de esta situación, pensando que no le iba a afectar en relación al subsidio al tratarse de un cobro de renta atrasada, pero le han suspendido el cobro del subsidio durante 1 mes. Por lo visto, lo han entendido como una renta que supera el límite de ingresos mensuales, aunque no es una renta "actual", sino correspondiente a unos atrasos.No sé si esto se puede reclamar o es que legalmente es así para el SEPE: el cobro de una renta atrasada cuenta como límite de rentas en el subsidio de mayores de 52 años.Saludos.
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