Y pagaste Impuesto de Transmisiones por 78?
Porque si es así estaras, probablemente, en lista de espera para que te llegue una complementaria de esas de las que hablabamos
Y siento decírtelo.
Pues si es así me la corto del tó.
Claro, tiene su parte de lógica y ya lo indicaba yo antes, en este reino de taifas cada califa hace y deshace a su antojo....y en esto no iba a ser menos.
De todas formas que el amigo rubenibias indague en la pagina web de su consejeria de vivienda y seguro que llega al sitio
ok Juan, y ese valor a efectos de ITP sale de multiplicar el valor catastral por un coeficiente, ¿no?
Todas las Comunidades, unas mejor que otras ofreceran ese servicio online, el problema es encontrarlo porque unas lo tienen clarito y otras hay que rebuscarlo como si de una pagina yihadista se tratara,
Además si es como la de castilla la mancha, has de poner el valor catastral sí o sí y después la maquinica sóla te saca el que les parece a ellos PORQUE LE APLICAN ESE COEFICIENTE CORRECTOR, aunque no te lo pongan expresamente
un saludo
Es muy sencillo
Recibo del IBI del inmueble, ahí sale el valor catastral del inmueble
Sin que te enseñen el recibo del IBI ni se te ocurra comprar, tan práctico como eso.
Tras esto te apuntas el valor catastral y te vas a internete que todo lo tiene y buscas el coeficiente por el que la HACIENDA DE TU COMUNIDAD que no la estatal, no te confundas, MULTIPLICA el valor catastral para sacar el valor que para ella tiene el inmueble.
Pues bien, ese valor es el que te pueden aplicar en la "liquidación complementaria por comprobación de valores" tu has de pagar el Impuesto de transmisiones A LA HACIENDA DE TU AUTONOMIA, tambíen en internete podrás saber el tipo impositivo, porque cada una pone el que le viene al pairo al consejero de turno, normalmente entorno al 8%.
Ej, Compras por 100.000, pagas a tu autonomía un 8%, le sueltas 8000 pavos
El valor catastral del inmueble era 60.000 y tu autonomía lo multiplica por el coeficiente 1,8, por lo que le sale 108000
Puesto que pagaste un 8% de 100.000, entienden que les falta el 8% de los 8.000 que les "faltan" y te giran esa "complementaria" en la que te cuentan lo que yo con palabras técnicas para que no lo entiendas y al final te dicen que les pagues 640 euros más.
Vamos que la administración siempre velando por el usuario jejejejeje, los muy jodios se ve que no quieren ver que la burbuja ya pinchó hace tiempo, en fín, esta es nuestra ESSSSSSSpaña querida
Un saludo
Un saludo y suerte
Me interesa este tema y me gustaría mas luz sobre él.
¿Es cierto que un banco con igualar los tipos ya cumple con la Ley?
Por que si es así y tienes suelo, a mí me pasa, me pueden hacer un pan con tortas si pido subrogación.
Ahora mismo tengo un hermoso suelo en 2,25 y euribor+1,75.
Me estoy planteando pegarles el susto, pero no me gustaría que me lo pegasen ellos a mí es decir "vale chiquitín te acepto tu flamante E+0,99 de tu banco naranja, pero te vas a seguir comiendo este suel que firmaste conmigo"
Eso puede ser, lo he preguntado a dos banqueros y directamente no tenían ni puta idea (macho, no he visto gente que les cuesta más salirse del a,e,i,o,u) en cuanto les haces una pregunta que se sale del guión ponen cara de poker y "pasapalabra" son incapaces de buscar la respuesta y llamarte luego para decirtela.
Hay muchas páginas en las que te calculan los gastos, pero todas las que he visto no son tan precisas como llamar al propio banco...y aún así.
Un banco es un banco, aquello de la transparencia no lo llevan en el ADN.
Ponle así a ojo los 375 € de la subrogación, mas la tasación otros 300, mas gestoría otros 300, mas Registro/Notaría no menos de 500.
De todas formas llama a ING y que te hagan números, terminas antes. Y si estas tan cabreado tendrás un plus de "gustete" que eso "no se paga con nada".
Suerte
Una pregunta, tú que andas en materia con ellos.
El Seguro de Vida vinculado a la hipoteca ¿decrece automáticamente cada mes, al tiempo que decrece el capital a devolver?
Te lo digo porque yo la tengo con el Sabadell y aquí es anual y lo que toque con lo que siempre está asegurado mas capital que el realmente existente hasta que llega la renovación anual y se actualiza.
un saludo
Juan, aún siendo totalmente acertado lo que expones si tú ves porque los conoces que la persona que vende tiene un patrimonio (digamos su piso en propiedad y dinero en el banco...por ejemplo el que le vá a dar el vendedor) creo que estrías un poco más tranquilo no?
Lo digo porque a pesar de que esa propiedad esté afecta a ese pago, la Hacienda autonómica iría contra el deudor en principio empezando por sus propios bienes no?
Las cuentas bancarias y el piso donde viven no?
Te lo pregunto por si conoces casuistica de esto, yo no. Pero me chirría que la Administración fuera contra el bien "afecto" existiendo bienes propios del deudor.
Un saludo