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boliche 17/03/17 15:06
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
No tienes ningún límite, es tal como dices. Te quedarán 15.000 € para compensar con plusvalías de ventas de acciones o fondos de inversión durante los siguientes 4 ejercicios fiscales (de 2018 a 2021, ambos incluidos). Y si tienes más plusvalías este año, también se pueden sumar ya, así dejas menos cantidad pendiente de compensación. Saludos.
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boliche 13/03/17 08:57
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Has puesto fechas y resultado de las ventas, pero para dar una respuesta concreta hace falta saber el número de acciones de cada operación, no el importe en euros.
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boliche 13/03/17 00:17
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
1) En 2012 obtengo 2314 Acciones Santander procedentes de los valores Santander (Bonos convertibles) en donde obtuve minusvalias del 60% Esta operación de los bonos convertibles la habrás tenido que declarar en 2012. De ella, lo que te interesa para la operación actual es el precio al que te dieron las acciones, es decir, su coste de adquisición. 2) En 2016 realizo varias operaciones: a)14-6   Venta de 300 Acc b)24-6   Compra   81  Acc c)25-7   Compro  2700 Acc d) 11-11 Venta    1000 Acc 3) En 2017 a) 9-1 compra 1000 acc Has acabado 2016 con 2314 - 300 + 81 + 2700 - 1000 = 3.795 acciones de SAN en cartera. Suponiendo que las dos ventas son con pérdidas, no puedes compensarlas en 2016 porque en los dos casos has recomprado acciones. En el caso de la venta del 14-6 has recomprado en los dos meses posteriores 2781 acciones que te bloquean esa pérdida. En el caso de la del 11-11, has recomprado el 9-1 la misma cantidad, antes de cumplir el plazo de 2 meses, y tampoco puede ser considerada una venta efectiva. Fíjate que por apenas dos días no queda libre esa última minusvalía en 2016. b)10-1Venta    1000 acc c)26-1 Venta   600 Acc. Estas dos ventas son efectivas en el momento de realizarse. Esto quiere decir que sirven para desbloquear pérdidas previas, pero... d)8-2 Compro 2400 Acc ... aquí vuelves a recomprar. Esta compra bloquea la venta del 10-1, no la del 26-1. e) 9-3 Venta 1000 Acc. f) 10-3 Venta 2686 Acc Estas dos últimas ventas sí sirven para liberar puesto que no tienen recompras posteriores. Como resultado inicial, tienes: Venta 14-6-16 : 300 acciones con 2.781 acciones recompradas (24-6-16 y 25-7-16) Venta 11-11-16 : 1.000 acciones con 1.000 acciones recompradas (9-1-17) Venta 10-1-17 : 1.000 acciones con 2.400 acciones recompradas (8-2-17) Como ventas liberadoras que no tienen acciones recompradas (y que, por tanto, pueden considerarse como salidas reales del patrimonio) se tienen: Venta 26-1-17 : 600 acciones Venta 9-3-17 : 1.000 acciones Venta 10-3-17 : 2.686 acciones El resultado final es que has vendido 4.286 acciones liberadoras, más que las acciones que te bloquean las tres pérdidas (2.781, 1.000 y 2.400), si es que todas ellas generaron minusvalías. Por tanto, no puedes compensar ninguna de estas minusvalías en 2016, pero sí que las tienes disponibles para aplicar en 2017. Recuerda, en todo caso, que las minusvalías de 2016, aunque no las puedas compensar con ganancias, debes declararlas igualmente. Y a partir de 2017, que es el año en que te quedan disponibles, tendrás 4 años más para compensarlas, es decir, hasta el ejercicio 2021 incluido. Como consejo para el futuro, espera siempre 2 meses después de hacer una venta antes de volver a comprar, y también espera después de una compra 2 meses antes de vender con pérdidas. En este caso, tienes algunas minusvalías bloqueadas por apenas un par de días, que seguro que te hubiese dado igual. Saludos.
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boliche 12/03/17 20:44
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Pues, probablemente, no puedas compensar en 2016 toda la minusvalía con otras ganancias. Al menos la compra del 30/12 y ese último lote comprado el 24/11 bloquearán parte de la pérdida. Para saber cuánto no puedes compensar en 2016 tendrías que poner los datos de los diferentes lotes adquiridos (cantidades y fechas). Si lo vendes todo en 2017, podrás compensar con las ganancias de este año si no vuelves a comprar en 2 meses, sí. Saludos.
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boliche 30/01/17 20:38
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
A ver, todas las compras que hagas hasta el 6 de febrero serán recompra de las acciones vendidas el 6 de diciembre y bloquearán su minusvalía. Y todas las que hagas entre en 7 y el 20 de febrero serán recompra de la venta del 20 de diciembre y será esta la pérdida que no se podrá compensar. Y a partir del 21 de febrero todas las pérdidas quedan definitivamente libres de peligro.
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boliche 30/01/17 18:43
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Como resulta que has ido vendiendo todas las acciones que has ido comprando, tu saldo de acciones es cero, por lo cual puedes sumar todos los resultados parciales que hayas obtenido en cada operación compensando plusvalías con minusvalías. Si tu saldo de acciones no fuese cero, sí tendrías minusvalías bloqueadas y habría que determinar cuáles de ellas serían. Saludos.
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boliche 30/01/17 18:40
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Si vendes todo el paquete a la vez, no hace falta separar precios de compra, puedes considerar el precio medio de 75 € por acción, y calcular la variación patrimonial tomando ese precio de compra para todas las acciones. Piensa que en la declaración sólo se indica el importe de compra (no el precio por acción) y el de venta del paquete de acciones vendido, y aunque en realidad estás vendiendo dos lotes distintos, en la práctica da igual si lo consideras como un lote único con el importe de adquisición total, o sea, con el precio medio de 75 € por acción. Sólo hay que considerar precios de compra diferentes si no se vende toda la posición. Saludos.
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boliche 30/01/17 18:35
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
Tienes que esperar al 21 de febrero para hacerlo bien. Si compras antes, puede que no recompres las vendidas el 6 de diciembre, pero sí las otras. Desde cada venta tienes que considerar el plazo de 2 meses después.
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boliche 31/12/16 19:24
Ha respondido al tema La regla de los dos meses, minusvalias
En principio, activos con diferente ISIN no son homogéneos y no se les aplica la regla de los dos meses, pero con este tema de un mismo emisor no me queda muy claro. La consulta tributaria 0037-00 dice al respecto de qué son valores homogéneos: "1. El cumplimiento de los requisitos previstos en los siguientes capítulos del presente Real Decreto se exigirá respecto de cada emisión de valores negociables. 2. Se entenderá a estos efectos por emisión cada conjunto de valores negociables procedentes de un mismo emisor y homogéneos entre si por formar parte de una misma operación financiera o responder a una unidad de propósito, incluida la obtención sistemática de financiación, por ser igual su naturaleza y régimen de transmisión, y por atribuir a sus titulares un contenido sustancialmente similar de derechos y obligaciones. 3. No obstante lo señalado en el número anterior, la homogeneidad de un conjunto de valores no se verá afectada por la eventual existencia de diferencias entre ellos en lo relativo a su importe unitario; fechas de puesta en circulación, de entrega material o de fijación de precios; procedimientos de colocación, incluida la existencia de tramos o bloques destinados a categorías específicas de inversores; o cualesquiera otros aspectos de naturaleza accesoria. En particular, la homogeneidad no resultará alterada por el fraccionamiento de la emisión en tramos sucesivos o por la previsión de ampliaciones. 4. En el caso de programas de emisión continua o abierta de valores homogéneos, tales como programas de emisión de pagarés de empresa, o de emisiones con período de suscripción indefinido o de larga duración, el Ministerio de Economía y Hacienda o, con su habilitación expresa, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, a los efectos de poder considerar los valores integrados en una misma emisión, podrán establecer límites al saldo vivo o importe de los valores emitidos, a la duración del programa de emisión o del período de suscripción, o a la diferencia máxima entre los plazos de amortización de los valores emitidos." Con esto y en base a lo que dice el punto 3, no me queda clara la interpretación de si emisiones de bonos con diferente ISIN son distintos o no, siempre que procedan del mismo emisor. Casi que me inclino a pensar que sí que son homogéneos. No sé si alguien lo tendrá más claro. Saludos.
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