1) En 2012 obtengo 2314 Acciones Santander procedentes de los valores Santander (Bonos convertibles) en donde obtuve minusvalias del 60%
Esta operación de los bonos convertibles la habrás tenido que declarar en 2012. De ella, lo que te interesa para la operación actual es el precio al que te dieron las acciones, es decir, su coste de adquisición.
2) En 2016 realizo varias operaciones:
a)14-6 Venta de 300 Acc
b)24-6 Compra 81 Acc
c)25-7 Compro 2700 Acc
d) 11-11 Venta 1000 Acc
3) En 2017
a) 9-1 compra 1000 acc
Has acabado 2016 con 2314 - 300 + 81 + 2700 - 1000 = 3.795 acciones de SAN en cartera. Suponiendo que las dos ventas son con pérdidas, no puedes compensarlas en 2016 porque en los dos casos has recomprado acciones. En el caso de la venta del 14-6 has recomprado en los dos meses posteriores 2781 acciones que te bloquean esa pérdida. En el caso de la del 11-11, has recomprado el 9-1 la misma cantidad, antes de cumplir el plazo de 2 meses, y tampoco puede ser considerada una venta efectiva. Fíjate que por apenas dos días no queda libre esa última minusvalía en 2016.
b)10-1Venta 1000 acc
c)26-1 Venta 600 Acc.
Estas dos ventas son efectivas en el momento de realizarse. Esto quiere decir que sirven para desbloquear pérdidas previas, pero...
d)8-2 Compro 2400 Acc
... aquí vuelves a recomprar. Esta compra bloquea la venta del 10-1, no la del 26-1.
e) 9-3 Venta 1000 Acc.
f) 10-3 Venta 2686 Acc
Estas dos últimas ventas sí sirven para liberar puesto que no tienen recompras posteriores.
Como resultado inicial, tienes:
Venta 14-6-16 : 300 acciones con 2.781 acciones recompradas (24-6-16 y 25-7-16)
Venta 11-11-16 : 1.000 acciones con 1.000 acciones recompradas (9-1-17)
Venta 10-1-17 : 1.000 acciones con 2.400 acciones recompradas (8-2-17)
Como ventas liberadoras que no tienen acciones recompradas (y que, por tanto, pueden considerarse como salidas reales del patrimonio) se tienen:
Venta 26-1-17 : 600 acciones
Venta 9-3-17 : 1.000 acciones
Venta 10-3-17 : 2.686 acciones
El resultado final es que has vendido 4.286 acciones liberadoras, más que las acciones que te bloquean las tres pérdidas (2.781, 1.000 y 2.400), si es que todas ellas generaron minusvalías.
Por tanto, no puedes compensar ninguna de estas minusvalías en 2016, pero sí que las tienes disponibles para aplicar en 2017. Recuerda, en todo caso, que las minusvalías de 2016, aunque no las puedas compensar con ganancias, debes declararlas igualmente.
Y a partir de 2017, que es el año en que te quedan disponibles, tendrás 4 años más para compensarlas, es decir, hasta el ejercicio 2021 incluido.
Como consejo para el futuro, espera siempre 2 meses después de hacer una venta antes de volver a comprar, y también espera después de una compra 2 meses antes de vender con pérdidas. En este caso, tienes algunas minusvalías bloqueadas por apenas un par de días, que seguro que te hubiese dado igual.
Saludos.