Hombre, claro, no te joe (perdona, pero es que...). Eso ya lo sabía yo también. Como si te quieres dar de baja ya y seguir vendiendo un año más...
Pero eso no tiene nada que ver con hacienda y la baja ahí. Eso ya es otro tema, no crees?
Saludos!!
Por cierto, tu amigo que trabaja en hacienda, un iluminado ;)
Pero qué 30 días? si ya estás de baja, estás de baja y punto. Y si tú haces una factura de una venta el 15 de enero, aunque aún no hayas presentado el 036-037, digo yo que en abril 2013 tendrías que hacer la declaración de IVA-IRPF del primer trimestre por esa venta, no? y dónde está entonces la gracia de lo que tú querías, que era no tener que hacer nada en 2013? Además, es que ya estarías de baja!! y estar de baja en una actividad empresarial no te faculta para facturar. Para eso, has de estar de alta.
De todas formas, si te lo ha dicho uno que trabaja en hacienda........ que vaya a misa...
Saludos!!
Puedes enviar otro 036 exactamente igual, pero con la fecha de baja correcta, ya que al ser iguales, el válido es el último presentado. De todas formas, también de manera telemática, puedes ir al apartado "aportar documentación complementaria" y aportar un escrito en el que expliques lo ocurrido. Así no habría problemas.
A ver: tú cuándo causas baja? me da igual el día que la presentes. Ya te dije que, si causas baja efectiva el día 31.12.12, a partir de esa fecha no puedes vender nada, ya que ya estás de baja.
Respecto al IAE, por ser persona física, no lo hagas desde hace ya años... Lo otro, no tengo ni idea, deberás pregunta en tu ayuntamiento.
Saludos!
Exacto. Como tienes 30 días para presentarlo, puedes hacerlo, por ejemplo, el 20.01.13, aunque como ya les has puesto que la fecha de baja es el 31.12.12, esa es a todos los efectos la fecha de tu baja en actividad. Y, por supuesto, como te dije antes, tras el 31.12.12 no podrás vender, ya que estás de baja.
Saludos!!
Es que no puedes presentarla ANTES de la fecha de baja.
Si tú quieres que, por ejemplo, la baja sea mañana día 13.12.12, podrás presentar el 037 mañana o en los 30 días siguientes. Como bien dices, en la casilla 152 pondrías 13.12.12, aunque lo presentes el 28.12.12 y pongas esta fecha abajo, junto a la firma.
Pero si lo que te interesa es que sea el 31.12.12, pues lo que hemos dicho: tú lo haces poniendo en la 152 el 31.12.12 y lo presentas a partir de esa fecha. Y sin problemas.
Evidentemente, tras el 31.12.12 no podrás vender ni comprar como empresario o profesional, ya que desde esa fecha estás en situación de baja.
A ver, es que cuando tú haces el 037 le indicas la fecha de baja efectiva siempre y ahí pondrás 31.12.2012, aunque lo presentes (dentro de plazo) el 25.01.2013 por ejemplo.
Y, efectivamente, si no tienes obligación por otros motivos, no tendrás que presentar renta de 2013 en 2014.
Pues, como te han dicho, tienes 30 días para cursar la baja censal. Vamos, que si quieres que tu último día de alta sea el 31.12.12, tienes de plazo para presentar el 037 de baja hasta el 30.01.2013.