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Bank Norwegian sube el interés de su cuenta al 1,25 % TAE
Gracias. Si , así la hice yo. La cuestión es que creo q en Noruega hoy es día laboral normal, como en España. Enfin veremos.
Cafecafe24/12/24 17:22
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Eso es desinformación. No hay tal sanción de 5k por dato no declarado. Eso era antes.
Cafecafe24/12/24 17:19
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Bank Norwegian sube el interés de su cuenta al 1,25 % TAE
Buenas tardes. Esta mañana tempranísimo, antes de las 8 00 hice una transferencia para sacar de Norwegian. Debería haber llegado ya al destino pero no lo ha hecho. En la web de Norwegian veo un relojito de arena de la aplicación. Qué pasa? Donde esta el dinero? Cuándo llega?
Cafecafe16/11/24 18:15
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1 día laboral o medio día laboral
Cafecafe14/10/24 18:33
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Yo soy muy crítico frente a los delincuentes del Estado, pero en esto recomiendo declarar porque las rentas del capital tributan no del todo confiscatoriamente ( para pesar de Sumar). Pagar un 19-23% de tus ganancias a hacienda no es del todo confiscatorio. Y si declaras, te quedas tranquilo y ademas justificas tus incrementos patrimoniales para el futuro. Si hacienda te requiere algún día para saber que tienes en el extranjero que dice ella que no conoce pues le restriegas por el hocico la declración de irpf presentada y le callas la boca.
Cafecafe13/10/24 13:39
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Valoración de bienes para escritura adjudicación herencia.
Si te refieres a que la valoración de la propiedad en ambas herencias fue correcta, lo fue, con su tasación correspondiente a precio real de mercado.Entonces, solo para resumir si tuviera un caso de :Herencia 1 = 60% de nuda propiedad con tasación 1Herencia 2 = consolidación del dominio del 60% + 40% plena propiedad con tasación 2.Entonces:Coste de adquisición es = Valor de tasación 1 × 0,6 + Valor de tasación 2 x 0,4.En el coste de adquisición no se restará nada del usufructo pero si se aumentará con lo que se pagó de impuesto de sucesiones en ambas herencias correspondiente a la propiedad no? La plusvalía pagada tb aumenta el coste de adquisición Por otra parte, volviendo a lo que me dijo el otro forero para confirmar contigo, si en el primer impuesto de sucesiones pagado por la primera herencia el porcentaje de vivienda contemplado en el 660 difiere del real realizado en la primera escritura, no me dará problemas hacienda con necesidad de complementaria u otros requerimientos ,no? ( la escritura se produjo posteriormente a la presentación del impuesto , fijandose otro reparto de la propiedad distinto ( en el impuesto recibía un 25% de propiedad en lugar del 60% que se fijó en escritura) pero manteniendo la misma cuota total de bienes por heredero), y entonces debe considerarse para la primera herencia como coste de adquisición el valor de tasación 1 x 0,6 + impuestos pagados por la propiedad en la herencia 1. Perdonad a ambos que haya presentado el caso por partes , me cuesta explicarlo
Cafecafe12/10/24 20:22
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Valoración de bienes para escritura adjudicación herencia.
Gracias. Otra duda: El valor de adquisición en el caso de que heredaste primero una nuda propiedad que luego con el siguiente fallecimiento se convierte en total propiedad, es el valor del impuesto de sucesiones sin descontar el usufructo q se creó , verdad? Otra duda aparte.Si tienes una vivienda que en una primera herencia heredas un 60% por ejemplo y en otra herencia el 40% restante y el valor de la vivienda en impuesto de sucesiones es distinto. Se calcula proporcionalmente o la de mayor cuantía? Es decir: vivienda herencia 1 = 200.000 un 60% y vivienda here cía 2 = 230.000 un 40%. El coste de adquisición sería 212.000?Mil gracias
Cafecafe12/10/24 15:04
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Valoración de bienes para escritura adjudicación herencia.
Muchas gracias. Me tranquiliza tu mensaje. Yo th veo excesivo hacer una complementaria , el registrador no tuvo inconveniente. Respecto a lo segundo igual hacienda solo te requiere cuando presentas alguna deducción como ser vivienda habitual, cosa que no es mi caso.Yo estoy pensando hacer otra cosa que es aumentar el coste de adquisición en la parte proporcional del impuesto de sucesiones pagado correspondiente a la vivienda. Tal y como está el mercado respecto al boom de 2008 me saldrá que he tenido pérdidas. Espero que hacienda no me requiera al ver perdidas patrimoniales
Cafecafe12/10/24 08:41
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Valoración de bienes para escritura adjudicación herencia.
Buenos días. Por favor, una pregunta doble:1 En el 2008 heredé una vivienda: tras el fallecimiento no nos poníamos de acuerdo, así q no hicimos escritura de reparto y presentamos y pagamos el impuesto de sucesiones según reparto de ley, figurando aproximadamente en el 660 de mi declaración un tercio de una vivienda.Poco después llegamos a un acuerdo y a igualdad de caudal hereditario en la escritura de adjudicación me quedé con el 100% de la vivienda disminuyendo otros bienes. Y a nadie se le ocurrió hacer complementaria ni nada de eso porque se entiende q a hacienda le da igual el reparto de bienes siempre q la valoración por heredero total no cambie. La vivienda figura bien en catastro y registro.El problema que se me ocurre es que quiero venderla y temo que hacienda pida justificantes del coste de adquisición de la vivienda, porque aunque figura correcto el valor de la vivienda aparece un porcentaje menor (1/3 en lugar de 100%). Entonces la pregunta es que si me pidieran justificar el precio de adjudicación me basta con aportar el impuesto de sucesiones y la escritura de adjudicación? Entenderan lo que ha ocurrido o se pondrán tiquismiquis o algo peor? Tendría que hacer por precaución ahora complementaria 16 años despues solo para cambiar los porcentajes?No me apetece mucho.2 Hacienda siempre pide justificar los costes de adquisición y venta de inmuebles o solo a veces?
Cafecafe09/10/24 11:59
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Bank Norwegian sube el interés de su cuenta al 1,25 % TAE
La clave de la app no tiene porqué ser igual a la del móvil. Si quieres cambiarla llama al servicio de atención al cliente, igual toca identificarte de nuevo