Campoamor
22/11/24 01:39
Ha respondido al tema La corrupción (esa España mia, esa España nuestra)
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.....................La principal obligación del comisionista es cumplir el encargo, esto es, ejecutar la comisión. No tiene obligación de anticipar fondos, por lo que, si estos son necesarios para la ejecución de la comisión, el comitente ha de proporcionarlos. En la ejecución de la comisión, el comisionista ha de actuar con la diligencia de un comerciante profesional, sujetándose a las instrucciones recibidas del comitente, consultándole en lo no previsto, dándole información periódica sobre las gestiones realizadas, absteniéndose de actuar en contra de disposición expresa del comitente, y defendiendo los intereses del comitente; no puede vender a plazos si no se lo han permitido expresamente etc. Es importante destacar que las órdenes han de proceder del comitente. La carga de la prueba de que el comitente ordenó tal o cual encargo corresponderá al comisionista. El comisionista está obligado a rendir cuenta especificada y justificada de las cantidades que percibió para la comisión, reintegrando al comitente lo que sobre..............A mi juicio creo que debe de tener pruebas suficientes...en todo caso con el tiempo lo veremos, esto es una carrera de fondo? y garzón, de verdad te refieres al que le pedía pasta a Botín, no lo puedo creer??