Hola Landerson, pues esto depende de la compañia, la diferencia en todo lo que preguntas es grande de unas a otras.
Que compañia es la que te interesa?
Hola Nachin, hay mejores seguros de hogar que los de esta entidad Holandesa, intenta que no te aten para muchos años a su seguro de Hogar.
No sé la posición de fuerza que tendrás,la prisa y lo interesado que estarás de hacer la hipoteca con ellos, pero una solución es plantearles la posibilidad de hacerlo con otro banco que no te impone estas condiciones, a veces ablandan si ven que el pajaro escapa...
Mira más cosas y no te precipites.
Saludos
Hola Juan, antes de nada recibe mis condolencias por la muerte de tu padre.
Si no obteneis solución al problema, te recomiendo que hagas una reclamación formal a la compañia, por escrito y de una forma que quede constancia de fecha y de entrega. Al mismo tiempo informate de como hacer una reclamación ante la Dirección General de Seguros D.G.S.
aunque para que este organismo se haga cargo primero tienes que intentar que la atención del cliente de la compañia resuelva tus problemas, en caso no satisfactorio, comunicarlo a la DGS y
empezar con los trámites.
Aqui tienes la información necesaria para hacer reclamaciones cuando llegue el momento
http://www.dgsfp.meh.es/reclamaciones/index.asp
http://www.dgsfp.meh.es/reclamaciones/documentos/PG3.pdf
Datos de la DGS:
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Paseo de la Castellana, 44
28046 Madrid
Teléfono: 91 339 70 00
Fax: 91 339 71 13
Otra salida que tienes siempre es cojer un abogado y que se ocupe del caso.
Saludos
La solución es sencillisima solo hay que hacerse esta pregunta:
1.En el próximo año voy a tener algún siniestro importante,complicado o problematico que requiera de atención personalizada,asesoramiento y respaldo de un mediador profesional ?
Si la respuesta es
NO > Contrata con una compañia impersonal por teléfono.
SI > Contrata con un mediador profesional con experiencia.
Como ves no aludo al precio, porque en muchos casos los mediadores dan mejor precio que las compañias del "telefonillo"
Saludos
Hola, los seguros de salud siempre van a año natural por lo tanto el Vto es 31.12.2011.
Como bien te ha dicho Avante por prudencia mejor no apurar y hacerlo el 15 de Oct. por un medio que deje constancia, Certficado,burofax,etc...
Ahora bien se puede dar el caso de que tu mediador sepa mover los hilos y consiga que te den de baja a uno de los asegurados. Depende de su habilidad,peso de cartera,de los argumentos que pueda tener, si sois clientes de otros productos en la compañia será más fácil, etc.
Estabais metidos en un colectivo o eran pólizas según tarifa?
En estos casos es donde se aprecia la diferencia entre un mediador o una maquina...
El sistema de LD es ir haciendo subiditas pequeñas y luego un buen año una subida mayor, hay muchos clientes que no dicen nada y cuela. Si el cliente se enfada y es un buen pagador y sin siniestralidad le bajan lo que haga falta, si no cumple alguno de las dos condiciones le dejan volar y tal dia hizo un año...
Contratar seguros en un compañia sin personas es lo que tiene, el anonimato es total y los clientes son números de póliza,nada más.
Y lo más curioso de todo es que a nada que te muevas vas a encontrar un seguro igual o mejor por el mismo precio o más barato en un mediador con trato personal y buen asesoramiento.
Saludos
Con la llegada del buen tiempo suele salir este tema...
El 99% por no decir el 100 de las compañias si has contratado o icluyen la opción de remolque te aseguran un remolque hasta 750 kgs mientras vaya enganchado al coche. Luego está sin seguro.
Y ojo con lo que dice Avante por que en verano te puedes encontrar a la Guardia Civil con un control de pesado con báscula portatil-eléctronica en cualquier punto. Pesan por ejes y es bastante exacto. Como superes los 3500 kgs... preparate para un buen susto.
Saludo
Hola, yo creo que si se ponen los metros reales construidos de la vivienda y se deja que el sistema de la compañia valore el continente y el contenido por metros, no debería haber problema en los siniestros más habituales, pero estoy de acuerdo con los que te han sugerido que figure en la póliza esta obra de ampliación de la vivienda en la terraza. Si un día hay un siniestro gordo, es mejor que la compañia no tenga argumentos para rebajar indemnizaciones.
Por otro lado si la Correduria lo ve tan fácil y "nunca han tenido problemas", no creo que tengan inconveniente en que esto figure claramente en un anexo de la Póliza.
No puedo juzgar la forma de trabajar de una Correduria que no conozco, pero mejor atar corto y curarse en salud desde el principio, por si las moscas...
Saludos
Hola Tornar, casualmente he contratado uno la semana pasada y en la compañia X que yo trabajo la cosa va así:
Para un a Renta de 500 € mensuales y una protección de 12 meses con un mes de Franquicia= 315 € año. Para una protección de 18 meses con un mes de franquicia = 411 € año.
Incluye daños a la vivienda continente y contenido por un valor de 5000 €, defensa Jurídica y Asistencia en el Hogar 24 h.
Si no se contratan daños a la vivienda, la primaa baja unos 30 € anuales.
El arrendatario tiene que tener un contrato fijo y la renta no superar el 40% de sus ingresos mensuales.
A tener en cuenta...
De forma genérica se establece que quedan garantizado los contratos de
arrendamiento “estables” para viviendas permanentes o segundas
residencias con contratos también “estables”, donde el arrendatario es un
ciudadano con empleo estable y un salario medio, que busca con el
arrendamiento una solución a su vivienda habitual (excepcionalmente
también segunda residencia permanente) y que no subarrienda a terceros
el uso de la vivienda arrendada objeto de protección por este seguro.
Entre otros no se garantiza:
- Periodos de arrendamiento inferiores a 12 meses.
- Viviendas para personal diplomático y/o consular.
- Viviendas compartidas
- Viviendas con superficie inferior a 25 m2
- Con una antigüedad superior a 50 años sin haberse rehabilitado en los
últimos 50 años (tuberías y electricidad).
- Cuando la renta anual supere el 40% de los ingresos netos anuales
del arrendatario.
- Cuando el arrendatario es estudiante
Documentación necesaria para este tipo de pólizas:
Contrato de arrendamiento, inventario y verificación del estado de la
vivienda a arrendar.
- Fotocopia del DNI del Arrendatario
- Fotocopia del contrato laboral o 12 últimas nóminas del arrendatario
(en caso de ser pensionista o autónomo se presentará la última declaración de la renta).
- Autorización firmada por el Arrendatario permitiendo al Asegurador la
manipulación y tratamiento de sus datos personales y documentos
solicitados para la contratación del seguro.
Espero haberte sido de ayuda.
Saludos