Buenas tardes mpc28,
A efectos de la deducción, se consideran vivienda habitual las plazas de garaje adquiridas conjuntamente con la vivienda (2 como máximo), siempre que:
a) Se encuentren en el mismo edificio y se entreguen en el mismo momento que la vivienda.
b) Su adquisición se realice en el mismo acto que la vivienda, aunque se instrumente en diferente documento.
c) Que sean utilizadas o estén en disposición del adquirente, esto es, que no estén alquiladas a terceros.
Por tanto, se incluyen en la misma casilla.
Saludos.
Buenos días tonisb,
Tus padres estarán obligados al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que su residencia se encuentra en territorio español.
Este tributo está cedido a las CCAA, por lo que habrá que analizar la legislación autonómica de Baleares, concretamente, la Ley 22/2006, de 19 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En su artículo 21 y ss. se contemplan las reducciones que pueden ser aplicadas sobre la base imponible en Baleares, que dependen del grado de parentesco, minusvalía...
Te aconsejo que leas el siguiente artículo:
¿Qué impuesto debo pagar por recibir una donación?
Saludos.