Vale ya. Tienes que entregar el contrato de alquiler (arrendamiento). Porque según el BdE los bancos deben de pedir justificantes económicos a los clientes para saber de dónde proceden los ingresos, tranferencias, etc. Es decir nóminas, justificante de prestación por desempleo... y en vuestro caso, pues, el contrato de alquiler.
Mala política la de Idealista. Que le cobren a una empresa o profesional por publicar anuncios me parece bien, pero que lo hagan a un particular... Creo que el negocio se les irá por la borda, tal y como dice Tristán.
Si no has firmado nada tranquilo. Vas allí y les exiges que te enseñen el contrato que tú has firmado. Entonces ellos verán que no hay contrato porque no hay firma. Otra cosa es que falsifiquen la firma (cosa que no me extrañaría). En ese caso les dices que quieres la hoja de reclamaciones porque lo que han hecho es constitutivo de delito por falsedad en documento mercantil. Le dices que te la sellen y la llevas a consumo. También podrías poner una queja al servicio de reclamaciones del Banco de España si ves que no se ha resuelto el problema.
Yo trabajo con BBK y no tengo ni una queja, la verdad. He hecho reintegros de 30 o 50 euros y ni una pega. Por lo que respecta a las comisiones no tiene comisión por cancelación de cuenta, sólo comisiones de mantenimiento que son de 8 euros semestrales. Por ejemplo Unicaja y Cajamar tienen comisiones de mantenimiento más altas: 7.50 euros trimestrales y 9 euros trimestrales respectivamente.
Los bancos por ley deben de retenerte un 21%, 25%... (los tipos de gravamen dependen de los rendimientos sobre los saldos) y digamos que le pasan a hacienda sólo la información del importe que te han retenido conforme a lo que establece la ley.
En ningún momento le dicen cuál es el saldo que tienes.
Otra cosa es la información que le faciliten sobre los ingresos en efectivo o transferencias que recibas. Se dice, que cuándo el importe es superior a 3000 euros al mes, el banco está obligado a facilitarle esos datos a hacienda, como prevención del blanqueo de capitales.
Lo que yo me pregunto es por qué ese minimercado no le exige el dni al que se apoderó de tu tarjeta. Deberías de tener la tarjeta con pin en vez de con firma, así le habría resultado más difícil al ladronzuelo (a no ser que conociera el pin).
Por otra parte no sé por qué la reclamación debe de ir a Visa. Según tengo entendido, tú pones la reclamación al que emite la tarjeta (tu banco), y ellos se ponen en contacto con ese comercio y les exige la firma de esas compras. Y por esas, deben de devolver el importe que te han cargado por esas compras que nunca hiciste tú.
Gracias por la respuesta Cachilipox, pero no entiendo porque es un despido improcedente. Está de baja por enfermedad y el tío se pasea por ahí con la moto. No entiendo porque el despido no es procedente.
Lo que está claro, es que es la mutua la que le está pagando actualmente hasta que le den de alta. Mi amigo no le pagará estos días que no está yendo al trabajo.