Respondo a Muros. Sí tenemos seguro comunitario, lo veo en el extracto como se paga dos veces por año, aunque no tengo el detalle porque estoy afuera y no puedo acceder al seguro ¿Me puedes dar algún dato más de como el seguro lo reclama a cada vecino? He hablado con mi abogado y me ha dicho que tengo que poner una demanda a los vecinos que tienen deudas con la comunidad ¿Poner una demanda ante el juzgado a los deudores tiene más fuerza que la reclamación mediante el seguro?
Hay que aceptar las cosas como están, nos guste o no, que sea justo o no es otro debate, yo aquí solo hago preguntas para salir del paso, en mi caso, hacer la declaración bien para que hacienda no me tenga que enviar cartas. Una pregunta: Cuando vaya a vender del piso, ¿En la casilla “Amortizaciónes” hay que colocar solo la suma de lo que se fue desgravando durante los 5 últimos años, o por el contrario debe ser desde que se tiene alquilado el piso (que podrían ser supongamos 20 años)? Yo en concreto tengo en archivos Excel desde 2012, más atrás para mi es como si no hubieran existido las Amortizaciones para los pisos. ¿Fue ignorancia mía no rellenar esa casilla o realmente no existía esa casilla antes de 2012?. Tengo algún piso que lo vengo alquilando desde más atrás del 2012. He intentado acceder a Borradores de varios años atrás por “Acceda con certificado o DNI electrónico” y he podido acceder a 2020, 2019, 2018, 2017 pero más atrás ya no he podido. No sé si me podrías ampliar más sobre como acceder a esa “especie de "programa" que guarda la información …. de deducción por adquisición de vivienda habitual desde que existe 1995 ...
Ok. El que halla gente que nunca vaya a a vender el piso y se beneficie cada año, rellenando la casilla “Amortización de inmuebles”, que por este hecho Hacienda pierda, muy bien, Hacienda deberá buscarle una solución a eso. Pero está el otro lado que es cuando un señor nunca se beneficie cada año rellenando la casilla “Amortización de inmuebles” y sin embargo Hacienda se lo va a cobrar como si se hubiese beneficiado. A falta de una mejor explicación lo encuentro injusto. Aunque nunca le hubiese beneficiado del gasto de amortización cada año rellenando la casilla “Amortización de inmuebles”, al vender la casa, obligatoriamente él tendría que rellenar la casilla “Amortizaciones” perjudicándole. Resumen: Hacienda NO le obliga a rellenar cada año la casilla “Amortización de inmuebles” puesto que eso va en su BENEFICIO y en PERJUCIO de Hacienda. En cambio Hacienda Sí le obliga a rellenar al vender la casilla “Amortizaciónes” metiendo la misma cantidad de la suma de todos los años que metió en “Amortización de inmuebles”, yendo en su PERJUCIO y en BENEFICIO de Hacienda. No le encuentro la lógica. A falta de una mejor explicación, si nunca metió nada cada año en “Amortización de inmuebles”, Hacienda no debería obligarle a rellenar la casilla. “Amortizaciónes” por la suma de lo que metió cada año en “Amortización de inmuebles”, para dejar a cero la operación por el efecto contrario. Simple: 1º) Él SÍ rellena cada año una cantidad la casilla “Amortización de inmuebles” cuya suma de todos los años es X Él debe rellenar a la venta del piso la casilla “Amortizaciónes” por la misma cantidad X. Correcto: Saldo para él 0. Saldo para Hacienda 0. 2º) Él NO rellena cada año ninguna cantidad en la casilla “Amortización de inmuebles” por tanto la suma de todos los años es 0 Él debe rellenar a la venta del piso la casilla “Amortizaciónes” por una cantidad X. Incorrecto: Saldo para él -X. Saldo para Hacienda +X
Corrijo/completo lo anterior:Gracias, no había caído que era por eso, porque la mayoría de la gente compra porque piensa que no va a vender nunca y por tanto siempre va a BENEFICIARSE de la desgravación de cada año, pues como no va a nunca va a vender, nunca tendrá que hacer la operación contraria y PERJUDICARSE. Pero aunque nunca vendan, esa operación contraria de tener que meter en la ventana Valor de adquisición y en la casilla “Amortizaciones” la suma de todo lo que se desgravó durante todos esos años ¿No la tendrán que hacer sus herederos en el momento de heredar?). Tengo un par de preguntillas: Tengo varios pisos unos más antiguos que otros. Tengo un archivo Excel de declaraciones desde el 2003 con todo lo que metí en cada declaración. A partir del 2012 es cuando comencé a rellenar algo en “Amortización de inmuebles”, antes del 2012 no he declarado nada en esa casilla, no sé si porque no existiese esa casilla antes de ese año o porque yo no la hiciera caso¿Sabe si realmente existía esa casilla antes del 2012? Para saberlo no habría cosa mejor que acceder a los Borradores de las declaraciones que presenté antes del 2012, pero en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/declaraciones-presentadas/modificar-declaracion-presentada.html solo puedo acceder hasta el 2017, de ahí para atrás no hay forma de accedser. Tambien le ptregunto que si por casualida usted supiese la forma de acceder a Borradores anteriores al 2012, le agradecería me lo dijese. (Con el Padre guardaba un archivo por cada Borrador de todos los años anteriores que uno quisiera, pero actualmente no es asi, todo cambió, con el cambio a RentaWeb se acabó esa posibilidad, esos archivos que me había creado con Padre ya no me sirven). Gracias, saludos
Gracias, no había caído que era por eso, porque la mayoría de la gente compra porque piensa que no va a vender nunca y por tanto siempre va a BENEFICIARSE de la desgravacion de cada año, pues como no va nunca va a vender, nunca tendrá que hacer la operación contraria y PERJUDICARSE. Pero aunque nunca vendan, esa operación contraria de tener que meter en la ventana Valor de adquisición y en la casilla “Amortizaciones” la suma de todo lo que se desgravó durante todos esos años ¿No la tendrán que hacer sus herederos en el momento de heredar?). Tengo un par de preguntillas: Tengo varios pisos unos más antiguos que otros. Tengo los apuntes de todo lo que metí en cada declaración desde el Vengo declarando en “Amortización de inmuebles” desde 2012. Antes de esa fecha no he declarado nada en esa casilla. Colecciono esa casilla de todos los pisos pero del 2012 hacia atrás es como si esa casilla para mi no existiera, ahora mismo no recuerdo porqué, si fue porque no la hice caso o fue porque no existía ¿Realmente no existía esa casilla antes del 2012? Para saberlo no habría cosa mejor que acceder a los Borradores de las declaraciones que presenté antes del 2012, pero en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/declaraciones-presentadas/modificar-declaracion-presentada.html solo puedo acceder hasta el 2017, de ahí para atrás no hay forma de accedser. Si por casualida usted supiese la forma de acceder a Borradores anteriores al 2012, le agradecería me lo diga. (Con el Padre guardaba un archivo por cada Borrador de todos los años anteriores que uno quisiera, pero actualmente no es asi, todo cambió, con el cambio a RentaWeb se acabó esa posibilidad, esos archivos que me había creado con Padre ya no me sirven)
Detallando más: Estoy en Renta web. Tengo una duda que para que se me entienda mejor, voy a simplificar bastante la pregunta: Vamos suponer que tengo un piso arrendado desde hace 4 años. NO ES OBLIGATORIO todos los años declarar o rellenar unas casillas que al final en una casilla final llamada exactamente “Amortización de inmuebles” produce una cantidad, vamos suponer en esa casilla final aparece 100€, que es considerado como Gastos. Por lo cual, el resultado de mi declaración en cada uno de esos años sería pagar MENOS. Este año voy a vender ese piso. SÍ ES OBLIGATORIO en una casilla llamada “Amortizaciones” (que está en la ventana “Valor de adquisición”), meter la suma que antes metí en “Amortización de inmuebles” de cada año, es decir, como antes metí 100 por año y han sido 4 años, ahora debo meter en la casilla llamada exactamente “Amortizaciones”, 100 x 4= 400€. Por lo cual el resultado de mi declaración, va a ser pagar MÁS. Simplificando: Mis preguntas: ¿No hubiera sido lo mismo dejar vacía la casilla “Amortización de inmuebles” durante esos 4 años y tambien en este año que vendo dejar vacía la casilla “Amortizaciones”? ¿Qué pasaría si en esos años relleno esas casillas “Amortización de inmuebles” a mi favor pero luego a la hora de la venta dejo vacía la casilla “Amortizaciones”? ¿Qué fundamento tiene que durante 4 años se pueda meter 100€/año, total 400€ para pagar MENOS, para luego meter de golpe estos 400€ para pagar MÁS?
Nuevamente corrijo: Estoy en Renta web. Tengo una duda que para que se me entienda mejor, voy a simplificar bastante la pregunta: Vamos suponer que tengo un piso arrendado desde hace 4 años. NO ES OBLIGATORIO todos los años declarar o rellenar unas casillas que al final en una casilla final llamada “Amortización de inmuebles” produce una cantidad, vamos suponer en esa casilla final aparece 100€, que es considerado como Gastos. Por lo cual, el resultado de mi declaración en cada uno de esos años sería pagar MENOS. Este año voy a vender ese piso. SÍ ES OBLIGATORIO en una casilla llamada “Amortizaciones” (que está en la ventana “Valor de adquisición”), meter la suma que antes metí en “Amortización de inmuebles” de cada año, es decir, como antes metí 100 por año y han sido 4 años, ahora debo meter en la casilla “Amortizaciones”, 100 x 4= 400€. Por lo cual el resultado de mi declaración, va a ser pagar MÁS. Simplificando: Mis preguntas: ¿No hubiera sido lo mismo dejar vacía la casilla “Amortización de inmuebles” durante esos 4 años y tambien en este año que vendo dejar vacía la casilla “Amortizaciones”? ¿Qué pasaría si en esos años relleno esas casillas “Amortización de inmuebles” a mi favor pero luego a la hora de la venta dejo vacía la casilla “Amortizaciones”? Supongo que Hacienda me enviaría una liquidación paralela pero no estoy seguro, ruego me lo confirmen ¿Qué fundamento tiene durante 4 años meter en total 400€ para pagar MENOS, para luego meter de golpe estos 400€ para pagar MÁS?
Planteo mi pregunta con alguna corrección:Estoy en Renta web. Tengo una duda que para que se me entienda mejor, voy a simplificar bastante la pregunta: Vamos suponer que tengo un piso arrendado desde hace 4 años. NO ES OBLIGATORIO todos los años declarar o rellenar unas casillas que al final en una casilla final llamada “Amortización de inmuebles” produce una cantidad, vamos suponer en esa casilla final aparece 100€, que es considerado como Gastos. Por lo cual, el resultado de mi declaración en cada uno de esos años sería pagar MENOS. Este año voy a vender ese piso. SÍ ES OBLIGATORIO en una casilla llamada “Amortizaciones”, meter la suma que antes metí en “Amortización de inmuebles” de cada año, es decir, como antes metí 100 por año y han sido 4 años, ahora debo meter 100 x 4= 400€. Por lo cual el resultado de mi declaración, va a ser pagar MÁS. Simplificando: Mis preguntas: ¿No hubiera sido lo mismo dejar vacía la casilla “Amortización de inmuebles” durante esos 4 años y tambien en este año que vendo dejar vacía la casilla “Amortizaciones”? ¿Qué pasaría si en esos años relleno esas casillas “Amortización de inmuebles” a mi favor pero luego a la hora de la venta dejo vacía la casilla “Amortizaciones”? Supongo que Hacienda me enviaría una liquidación paralela pero no estoy seguro, ruego me lo confirmen ¿Qué fundamento tiene durante 4 años meter en total 400€ para pagar MENOS, para luego meter de golpe estos 400€ para pagar MÁS?
Tristan de subastas debes de saber mucho. Fuera de ese ambito ¿Te has puesto a comprar o vender algo manejando lo que hay, Idealista, Mil anuncios, Vibbo ..? Yo quizás me pase de desconfiado hasta que tu me taches de creer en conspiraciones, pero tu quizás creas aún en los reyes magos. Creo que eres muy politicamente correcto, serías uno más en el parlamento. ¿Quien mueve los hilos? El dinero
Ocurre un crimen ¿Quien lo produjo? No se sabe. La primera pregunta ¿Quien se beneficia del crimen? No me mojo, ni hecho la culpa a nadie, solo dejo unos datos. Lo que antes era de una forma, ahora es de otra y en el cambio muchos se benefician: Han desaparecido los carteles de venta de pisos que cualquier particular hace años ponía (cuando no había okupas) . Los particulares que antes ponían el cartel de venta ya no lo ponen por miedo a que vean los okupas que ahí hay un piso vacío. Ese particular hombre mayor que domina mal Internet y no quiere pedir ningun favor a un familiar, desemboca en dárselo a una Agencia. Debido a ello el anuncio del particular es una especie en extinción en beneficio de las agencias. Las empresas de colocación de alarmas. Los abogados trabajan mucho más. Negocio de puertas blindadas antiokupas. Negocio de echar afuera a los okupas a cambio de dinero. Es lo que se me ocurre de momento. A ver si alguien me aumentan la lista .... .