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Participaciones del usuario Emili girona

Emili girona 07/04/09 23:15
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
Hola Pepsalto: Yo también firme antes de entrar en vigor la MIFID. Hice una consulta y se me vino a decir que como es un producto y un contrato imposible de entender, y que genera unos altos riesgos, la firma no representa conformidad y que la normativa MIFID define y aclara los hechos.Lo cierto es que con normativa o sin ella, es un producto de alto riesgo y ni tu ni yo, somos unos linces como inversores. Un saludo
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Emili girona 07/04/09 23:03
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
Hola Pepsalto: Mi delegado de zona es el de Girona. Si vas a ver al delegado de tu zona puedes tener en cuenta estas notas: La CNMV ha catalogado este producto como DE ALTO RIESGO, con lo que ello implica, y además la MIFID • Productos MiFID complejos (Deuda subordinada, participaciones preferentes, fondos de inversión libre -hedge funds-, derivados -futuros, opciones, warrants, caps, floors...-, contratos financieros atípicos, seguros de cambio y opciones sobre divisas). LOS CONTRATOS DE PERMUTA FINANCIERA ESTAN EN ESTE NIVEL. La Directiva MIFDI, cataloga a los clientes en tres niveles: No todos los clientes tienen el mismo nivel de información, formación y experiencia en productos financieros. En consecuencia, el trato, la información y el nivel de protección que se les debe dar son diferentes. La clasificación y denominación de la misma establecida por la normativa es la siguiente: 1. Contrapartes elegibles: son básicamente entidades e intermediarios financieros. Lógicamente, son clientes especializados que no necesitan ningún tipo de protección dado su conocimiento y experiencia en el mercado. 2. Clientes profesionales: son básicamente Instituciones y Empresas de un cierto tamaño. Deben cumplir 2 de los 3 requisitos siguientes: • Fondos propios > 2 millones de euros • Volumen de negocio > 40 millones de euros • Balance > 20 millones de euros En este caso, el cliente no gozará del nivel máximo de protección y sólo se analizará la idoneidad o conveniencia de venderle un producto en determinados casos. 3. Clientes minoristas: son el resto de clientes y, por tanto, la gran mayoría. Las entidades financieras/de inversión deben darles el mayor grado de protección. Ello significa que la entidad debe asegurarse que el producto que el cliente va a comprar es adecuado para él, es decir, lo comprende y asume su nivel de riesgo. Tienes claro en que grupo estamos ¿no? El Banco de Esapaña dice (WEB) http://www.bde.es/informes/be/reclama/docs/2TR2007.pdf. ___________ El Servicio de Reclamaciones estima que las entidades financieras deben estar en condiciones de acreditar que, con anterioridad a la formalización de la operación, se ha facilitado al cliente un documento informativo sobre el instrumento de cobertura ofrecido en el que se indiquen sus características principales sin omisiones significativas, considerándose en caso contrario que su actuación sería contraria a los principios de claridad y transparencia que inspiran las buenas prácticas bancarias. Por su relevancia, exponemos a continuación uno de los casos analizados por este Servicio de Reclamaciones en el que existían deficiencias en la información y claridad que hemos apuntado. En este supuesto, el contrato incluía una cláusula en la que se exoneraba a la entidad por los riesgos o efectos indeseados que pudieran derivarse de la operación suscrita. Este Servicio de Reclamaciones entendió que difícilmente podía compadecerse tal cláusula y la ausencia total y absoluta de recomendaciones o asesoramiento sobre el producto por parte de la entidad, con la necesidad de evaluar el perfil inversor del cliente y de informarle convenientemente con arreglo al mismo. En opinión de este Servicio, la cláusula de exoneración de responsabilidad tendría cabida siempre y cuando el perfil del cliente mostrara claros indicios de que el producto se ajustase a su nivel de tolerancia al riesgo. En este sentido, resulta cuanto menos dudoso que un inversor minorista tenga capacidad para solicitar la contratación de este tipo de productos sin haber recibido una información previa por parte del intermediario. Es decir, o bien es un producto de cobertura de tipos de interés, asociado a un préstamo hipotecario, que se ofrece en cumplimiento de un mandato legal, acreditando que, en tal caso, se ha informado convenientemente, como se deduce de la regulación citada, o bien se trata de un producto solicitado por un cliente con cierta experiencia y/o conocimientos financieros, situación esta última que no se daba en la reclamación. concreta analizada.
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Emili girona 06/04/09 22:50
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
Yo de ti, Pepsalto, iría a ver al delegado de zona con abogado. Lo conozco. Yo de momento he presentado una reclamación al banco pidiendo la nulidad del contrato. También he pedido, según la Ley de Protección de datos, acceder a mis datos y al perfil que tienen de mi como cliente. Es una prueba de que no reuno el perfil para este producto. También he reclamado al Defensor del Cliente. En Catalunya hay uno para todas las Cajas. Si en dos meses no me contesta, presentaré denuncia en el Banco de España y copia en la CNMV. En la web del B.E., en Reclamaciones, hay algun comentario que nos son favorables. También la MIFID no es faborable porque la incumplieron. Ya me diras como te ha ido con el delegado. Creo que lo más importante, ahora, sería mirar de contactar con otros posibles afectados de esta zona, de Caixa de Sabadell y otros bancos también. Un saludo y suerte
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Emili girona 06/04/09 15:15
Ha respondido al tema Seguro cobertura de interés Caixa Sabadell
A mi tambien me ha enganchado caja de sabadell, y fuerte. ¿Que te ha dicho tu abogado? No se cuantos afectados habremos de esta caja, pero tendríamos que unirnos si queremos conseguir algo. Nos han colocado un producto que por nuestro perfil de clientes no no lo podían vender. Los usuarios de otros bancos se estan uniendo, especialmente los de Bankinter, son muchos, y estan planteando las cosas de manera bastante sería, han creado su propia plataforma y aceptan a otros bancos o cajas. Hay informes del B.E. y de la CNMV sobre estos productos que nos faborecen a la hora de reclamar, pero si lo hacemos juntos, será más barato y con más posiblidades.Es una situación muy injusta y hay qye hacer algo. Si os animais..., adelante
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