puede entrar en el día de hoy, y aun los sábados algunos bancos cruzan transferencias, los mas cucos, dejan el dinero sin abonar hasta el lunes y les sacan sus buenos réditos interbancarios en dos días...
Hola, mi embargo fué porque embargaron pension en un importe superior al legal, en tu caso estan embargando por ampliación del mismo, en el caso de que hubiera sido en una cuenta bancaria si podias haber reclamado siempre que la misma no superara el salario minimo, en el caso de Hacienda lo consideran otra entrada de fondos diferente por lo que entiendo no hay duplicidad de embargo..en hacienda tambien me embargaron a mi en alguna ocasión y tenia embargada la pensión tambien...yo creo son orígenes diferentes del fondo patrimonial y si pueden hacerlo...
Si eso lo sé, en todo caso es por pago alquiler y gastos, he leído que cuando el saldo en la cuenta es menor al smi no se embarga, es cierto? Aunque a mí me embargaron una vez 400 euros al final me los devolvieron demostrando eran de mi pensión, todo complicaciones. Gracias Petersen.
Hola, leyendo del tema, pregunto, pero si puedes pasar el dinero de tu cuenta a una cuenta donde estés autorizado, ? nunca he tenido problema con eso.. y si mandas a otra persona hay unos limites de transferencia..
Por lo menos han aplicado la subida, salvo que haya un maximo de estos tres meses para la pension de viudedad si que se que hay 4 años para solicitar cantidades que debían haber pagado y mas de oficio, pleitear ya depende que hablarais con algun abogado laboralista, experto en pensiones primero si es reclamable y segundo que cobra el claro..pero a mi me devolvieron 5 años de embargos indebidos en mi pensión que no correspondían, y estuve tiempo reclamando, fue a nivel judicial eso si, pero por una consulta a un abogado no creo cobren tanto. Primero sería un buen escrito bien basado de solicitar esos atrasos y si los deniegan ya si seria demandar ala Seguridad Social, pero creo os lo debe confirmar algun abogado. Suerte y a reclamar siempre que pensemos tenemos razón.
Depende del importe de la herencia, hay unos limites y cuidado de no comunicar la herencia a la seguridad social, te pueden reclamar todo lo cobrado, te dejo un enlace.. https://as.com/actualidad/me-pueden-quitar-la-pension-no-contributiva-si-cobro-una-herencia-n/
si, por reclamar a la administración nunca hay que estarse quieto, te buscas casos parecidos, te basas en la ley y escrito al canto, por el registro electronico de la seguridad social y a esperar..suerte..