Gracias Lunatico!
En el programa padre. Rendimientos de trabajo pagina 3. (001)
No veo el desglose.
No se pero me parece raro esto.
A mi mujer tambien le sale bien, osea...la misma cantidad.
Saludos!
Perdona lunatico, lo del alquiler del local, no tendré que ponerlo en la pagina siguiente (0,79, D.Relación de bienes inmuebles urbanos a efectos de actividades económicas u objeto de arrendamiento... ) en lugar de la 0,51 ?
Saludos,
y muchas gracias por todo el coñazo que te he dado!
Gracias de nuevo amigo!
creo que ya lo he entendido todo. Solo quiero que por favor me digas si esto es correcto:
-Propiedad: 50%
-Uso destino: clave 3
-Inmueble a disposición de los propietarios...: Valor catastral . Periodo computable 304 dias (10 meses), ya que dos ha estado alquilado
-Inmuebles arrendados... Ingresos íntegros (la mitad) . Otros gastos deducibles (la mitad). Retenciones (la mitad).
Es así?
Creo que con esto termino.
Gracias lunatico, eres un crack!
Saludos!
Muchisimas gracias lunatico, creo que ahora si lo he entendido.
Otra cosa, por favor, aver si me puedes aclarar esto. En ingresos integros y otros gastos deducibles hay un asterisco el cual hace referencia a: Si si hubiera varios titulares del inmueble, haga constar la parte correspondiente al titular reflejado.
Me imagino que en mi caso como el local también esta puesto a nombre de mi mujer, tendré que poner la mitad de cada cosa, osea, el 50%. Eso es lo que entiendo como: varios titulares.
Es así?
Saludos y muchas gracias!
Muchas gracias amigo!
Lo del IVA y gastos deducibles, ya o he entendido.
Respecto al IRPF entiendo lo siguiente:
Hay un apartado en la declaración donde efectivamente, parece que hay que poner los gastos deducibles (contribución comunidad, etc), el importe del precio del alquiler, y el de las retenciones. Es así?
Lo que no entiendo es lo que dices de: Durante el tiempo que NO ha estado alquilado?, será alquilado no?
Saludos y gracias de nuevo!
Muchas gracias amigo!
Pero esto no se que quiere decir?:
Si el inquilino destina esta vivienda a su vivienda habitual y no de temporada(ejemplo estudiantes), tiene una reduccion de su NETO en funcion de la edad del inquilino :
Entre 18 y 30 años el 100% exento , no tributara.
Mayores de 30 años el 60% exento , tributara por el 40%.
Entiendo que esto no es para mí, si no para mi inquiino no?.
Saludos!
Muchas gracias por la respuesta!
A ver, (para que quede claro) yo soy el propietario de un piso el cual tengo alquilado.
Osea, que debo de descontarlo del valor de contruccion. Es decir, si el vaor de contruccion es de 20.000 mil € tendria que poner 600 € como deduccion. Es así?.
Muchas gracias!
Saludos!