Hola que tal!
Me gustaría y estaría muy agradecido si alguien me aclara unas dudas sobre mi próxima Jubilación.
Soy Autónomo, tengo casi 42 años cotizados, cumplo los 65 años el 22 de enero del 2013, y por supuesto quiero jubilarme.
Me han recomendado que para no tener que hacer la renta del 2013 en el 2014 (por mi negocio), que me de baja censal en Hacienda (036) este mes de Diciembre con fecha 31. Pero que primero me de de baja del IAE en el Ayuntamiento.
Mis dudas son las siguientes:
1, ¿Es cierto que primero me tengo que dar de baja del IAE en el Ayuntamiento?
2, ¿Puedo darme de baja Censal en Hacienda cualquier dia de este mes de Diciembre pero que tenga fecha de 31 de Diciembre?
3, Si es así, ¿es cierto que después tengo solo 6 dias para presentarlo en la Tesorería de la Seguridad Social, donde tendré que rellenar la TA0521 ?
4, Mi deseo es pagar la cuota de Autónomos del mes de Enero, Pero según parece, tengo que estar un mes mas después de cumplir los 65 años...¿tengo que pagar la cuota del mes de Febrero de autónomos para que no me baje nada la base de cotización?. También me han dicho que si llevo mas de 37 años cotizados, no tendría que estar un mes más, ¿esto es cierto?.
Muchas gracias !
Saludos!
Hola que tal!
Me gustaría y estaría muy agradecido si alguien me aclara unas dudas sobre mi próxima Jubilación.
Soy Autónomo, tengo casi 42 años cotizados, cumplo los 65 años el 22 de enero del 2013, y por supuesto quiero jubilarme.
Me han recomendado que para no tener que hacer la renta del 2013 en el 2014 (por mi negocio), que me de baja censal en Hacienda (036) este mes de Diciembre con fecha 31. Pero que primero me de de baja del IAE en el Ayuntamiento.
Mis dudas son las siguientes:
1, ¿Es cierto que primero me tengo que dar de baja del IAE en el Ayuntamiento?
2, ¿Puedo darme de baja Censal en Hacienda cualquier dia de este mes de Diciembre pero que tenga fecha de 31 de Diciembre?
3, Si es así, ¿es cierto que después tengo solo 6 dias para presentarlo en la Tesorería de la Seguridad Social, donde tendré que rellenar la TA0521 ?
4, Mi deseo es pagar la cuota de Autónomos del mes de Enero, Pero según parece, tengo que estar un mes mas después de cumplir los 65 años...¿tengo que pagar la cuota del mes de Febrero de autónomos para que no me baje nada la base de cotización?. También me han dicho que si llevo mas de 37 años cotizados, no tendría que estar un mes más, ¿esto es cierto?.
Muchas gracias !
Saludos!
Buenos dias Fran!
Perdona que sea tan pesado!
Creo que va a ser mi ultima consulta por que ya lo voy teniendo un poco más claro.
Como ya sabemos, el 1 de enero van a hacer publico la nueva normativa respecto a este tema, en las cuales parece ser que los que cumplimos 65 años en enero tendremos que estar un mes mas, y digo parece, por que realmente no se sabe con seguridad (así me lo dijeron en la Seguridad Social). Entonces pasa lo siguiente, si yo me doy de baja en Diciembre (con fecha 31) pero después resulta que si en vez de dos meses antes, lo alargan a tres (por ejemplo), ya no cumpliria la normativa (por que los años los cumplo el dia 22 de enero), por lo tanto, no cobraría el 100%, creo que me descontarian algo (según los meses que lo alargaran), lo que no se es cuanto?.
Esto es lo que me gustaria saber.
Saludos y Muchas Gracias !
Hola Fran, Muchas gracias por tu respuesta!
Pero lo que yo no tengo claro es: si me doy de baja el 30 de noviembre... ¿no pierdo ningún derecho, osea... ¿me pagarán el 100%?, ¿no me descuentan nada por hacerlo anticipadamente antes de cumplir los 65 en Enero?.
Es que me ha dicho me cuñada (que trabaja en la seguridad Social) que en Noviembre no, que tengo que hacerlo en Diciembre (con fecha 31), no se en que sección está y si está bien enterada del tema?.
Gracias, y un saludo!
Que tal Fran, como estas!
Como pasa el tiempo,casi 4 meses desde la última vez que hable contigo, jeje.
Bueno amigo, como me trataste muy bien, sigo acordandome de ti, ya sabes, estoy a punto de jubilarme, jeje. Olles, sabes si todo sigue como me dijiste?, ¿ha habido algún cambio ?. Esque pasa una cosa, como ya dije, tengo una ferreteria, ya llevo un mes liquidando, pero ha venido una persona que va a abrir otra Ferreteria y quiere comprarme todo el genero. Por eso, quiero saber si puedo darme de baja de autonomos en Diciembre, y despuées el 22 de Enero que cumplo los 65, ir a que me preparen la Jubilación.
Muchas gracias!
Un abrazo!
Muchsimas gracias de nuevo Fran!
Bueno, pues he quedado enterado. Por cierto, saliendome un poco del tema, no seras del Barça?, jeje, lo digo por lo de Bonanit.
Saludos!
Me vas a mandar por hay, jeje.
A ver, parece ser que hasta que no cumpla los 65 años no puedo solicitar la prestacion?. Por lo tanto seria el 22 de enero que es cuando los cumplo.
Otra cosa, si me doy de baja tanto fiscal como de autonomo el 26 o 27 de Diciembre del 2012, ya no podré seguir vendiendo?, o puedo seguir hasta un plazo determinado para seguir liquidando el genero que me quede?.
Muchisimas gracias de nuevo!
Saludos!
Muchas gracias Fran,!
Eres muy amable, y además sabes
Ahora ya me he enterado mejor, jeje.
Si, claro, llevo 33 años cotizando ininterrumpidamente.
Solo una duda...
El orden de las oficinas
1º Tesoreria (Baja Autonomo)- lo realizare en Diciembre, por que así podre seguir vendiendo para liquidar el genero, tengo una Ferreteria
2º Baja Licencia Fiscal (censo) Lo mismo, en Diciembre.
3º Tesoreria para solicitar el cobro, esto me imagino que será a partir de cuando cumpla los 65 (22 de Enero del 2013) es así? o tendré que esperar un mes más?
Saludos y Muchas gracias!