Hola.Si estáis vendiendo por un precio inferior al del mercado, busca otro comprador, y niégate a vendérselo a este, si no es así quizá solo sea una suposició tuya.
Primero te abonarán la primera declaración y la diferencia con la segunda declaración te la abonarán más tarde, incluso puede ser el año que viene con los intereses correspondientes, si la encuentran conforme
Estoy totalmente de acuerdo con tu comentario, en caso estrictamente necesario sería preferible pedir un pequeño préstamo en alguna entidad financiera.
La única opción es darte de alta como autónomo, si no quieres trabajar como asalariado.Si estuvieras dentro del año posterior a la baja, podrías solicitar un convenio especial, mucho más fácil que lo de autónomo.Ten en cuenta que la pensión que te corresponda tiene que ser superior a la mínima vigente en el año que te jubiles, si es inferior te la denegarán.