Si deseas permanecer en el PP puedes cambiar el riesgo pasando de renta variable a renta fija o monetarios, donde te encuentres mas cómodoPasar de un perfil mas agresivo a uno mas conservador
Lo que es ilegal es cotizar sin trabajar, aunque le contrate un familiar o desempeñe un trabajo de una categoria diferente a la suya ó de categoria inferior está en su pleno derecho, tiene usted que generar dinero para vivir, faltaria más Esto me lo comentó un abogado una vez, por si la seguridad social considera el trabajo como "sospechoso" , tendrán que demostrarlo empleando la ley Mucha suerte
Claro, pero si no ponen esos horarios, y todos a diferentes horas, no pueden generar ingresos para pagar a tantas figurasSi queremos fútbol con nivel hay que aceptar las condiciones de los chinos....Un saludo
Y mientras los grandes espectáculos como el fútbol pueden celebrarse a las 10 de la noche, no importa, con tal de tener a los que pagan contentos y a los fanáticos aplaudiendo con las orejas
Así es, al ser un ingreso extraordinario o puntual, no periódico la cantidad obtenida en la venta no puede superar 9000€, que dividida entre 12 meses serian 750€ al mes, por tanto te suspenderian 1 mes. La cancelación total o extinción del subsidio sería si mantienes ingresos superiores a 750€ durante el periodo de 1 año Documentación a aportar (lo que yo haría) documentos bancario del fondo que indique precio de compra, precio de venta y la ganancia obtenida. Y recibo de dividendos Lo presentaría al vender el fondo, sin esperar a la DAR, para que resuelvan lo antes posible Tan solo es mi opinión....
HolaSi no has realizado traspasos previos, entonces todas las participaciones tienen la misma fecha y todas tienen la misma ganancia.Entonces es como te dice fran, Si de 85.000€ tienes una ganancia de 10.000€ entonces de 60.000€ tendrás una ganancia de 7.058€ y esa cantidad tienes que dividirla entre 12 meses =588€Y lo que te queda del fondo = 25.000€ le aplicas el interés presunto que sería 62,5€ al mes Y por tanto si no tienes más ingresos entiendo que no llegas a 750€ al mes
Segunda parte:El abono del 1% constituye un rendimiento capital mobiliario sujeto a retención, en la actualidad al tipo del 19% que será practicado por el banco conforme a la normativa fiscal Debes declarar en la base imponible del ahorro del IRPF el dinero recibido más la retención no repercutirá, no lo hace el banco