Mi mensaje puede llevar a error. Generalmente, si recibimos en neto es porque la retencion se incluye directamente en el borrador, mientras que si es en bruto, nosotros tenemos que indicarlo en la declaracion. Espero que no haya confusion...
Los intereses en cuentas extranjeros que sean en bruto, hay que declararlos en la renta. Otra cosa es que la renta salga a presentar o no, eso ya depende de las caracteristicas personales y laborales de cada uno.
PD: Yo por ejemplo, al recibir una cantidad alta de dividendos de unas acciones, he estado obligado a presentarla, solo por eso.
Has interpretado mi mensaje como has querido. Siempre habra algun banco tanto en España como en europa o extranjero en el cual poder depositar tu dinero sin pagar. Ademas, en caso de que a la gente le interese pagar comisiones actualmente puede deberse a que el banco le proporciona otro tipo de ganancia. Dudo que no haya alternativas.
Despues tambien habra opciones de diversificar mas en oro fisico, acciones, etc
No voy a entrar en tu mensaje, pero estas muy equivocado. Me dedico a ayudar a los demas no a sacar pecho de una tonteria como esa, pero en vez de escribir algo que ayude a los demas prefieres venir como verdugo a dar una sentencia sobre otro, interpretando como tu quieres
Saludos
En Facto tienes una cuenta central, que da el 0,20% anual para lo que mantengas en ella. Desde ahi, puedes abrir depositos con diferentes plazos y diferentes cantidades, siempre con un minimo de 5.000 euros (antes eran 10.000 euros, pero creo que lo han bajado). Los intereses se pagan trimestralmente a la cuenta central de Facto que tienes. Desde esa cuenta puedes transferir o recibir importes siempre que utlices la cuenta vinculada, la cual debe tener los mismos titulares que la de Facto (los autorizados no aparecen, asi que no habria problema en que tuvieses autorizados en la cuenta vinculada).
No son cancelables, por lo que es mejor estar seguro de que no vas a necesitar ese dinero, y viendo el panorama, haria imposiciones por 12-24 meses como minimo.
Ademas, muchas veces la gente es catastrofista sin razon alguna, suponiendo y suponiendo. Pero joder, no suponen nada al contrario, de manera positiva jajajaja
No comparemos un FGD con la Administracion, ademas no hay motivos para pensar asi sobre los FGD, ya que las veces que ha tenido que actuar, han actuado en cada Pais, como por ej Malta. Me parece una comparacion bastante desafortunada y no aplicada a la realidad.
Yo no pago nada en ninguno de mis bancos. El que quiere pagar comisiones es porque le interesa hacerlo asi...
Y si, no es algo novedoso en las cuentas, pero si lo seria en los depositos, que es de lo que se habla en este hilo.
Segun la normativa oficial tu no debes contactar con ellos, son ellos lo que te dicen donde y como retirar tu dinero en caso de que el FGD entre en accion en tal o cual banco italiano. Por todo ello, me da la misma tranquilidad que sea Italia o España, o cualquiera soportado por el BCE.