Las que lo permiten tienen otro parrafo, ahi mismo que es el siguiente:
"El reembolso, rescate o la devolucion anticipada de una parte o de todo el principal invertido estan sujetos a comisiones o penalizaciones".
Por tanto, la parte final de este mensaje:
"La venta o cancelación anticipada no es posible o
puede implicar pérdidas relevantes."
no tiene motivo ni razon de ser, dando lugar a interpretar erroneamente el mensaje que se quiere transmitir.
Eso si, 100% satisfaccion con FACTO, eso que quede claro.
Me acaban de contestar lo siguiente:
Equipo Facto
Buenas tardes Gerardo, es la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros. Un saludo.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-11932
Lo podreis encontrar en el CAPITULO III, ANEXO, Punto 5:
"La venta o cancelacion anticipada no es posible o puede implicar perdidas relevantes".
Para mi es un churro de informacionl. O se puede o no se puede. Si no se puede cancelar, jamas puede implicar perdidas relevantes, ya que no te han permitido efectuar una cancelacion anticipada...
NO TIENE SENTIDO ALGUNO
Yo he preguntado en base a que Ley ellos declaran a la vez que no se puede cancelar anticipadamente pero que conllevaria unos gastos elevados...
Lo entenderia si en vez de indicar esto:
"La venta o cancelación anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes."
Indicase lo siguiente:
"La venta o cancelación anticipada
no es posible ya que puede implicar pérdidas relevantes."
Respuesta de FACTO:
Equipo Facto
Buenos días, el deposito no es cancelable anticipadamente, esta puesto el parrafo completo que hace referencia a las perdidas porque legalmente estamos obligados a ello. Un saludo
Realmente, con ese contrato en la mano, puedes pedir la cancelacion anticipada de tu contrato, y presentando queja al Banco de España, se gana seguro, ya que por escrito, se indica que hay una posibilidad, aunque conlleve perdida de los intereses devengados.
En eso debo dar la razon al compañero. Si es cancelable bien, y si no lo es, pues no pasa nada, pero eso de indicar "La venta o cancelación anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes." Es decir, entiendo que es posible cancelarlo teniendo perdidas relevantes, que por ley no pueden ser mas que el total aportado, por ello, supongo seria la perdida de los intereses devengados.
¿Seguridad?, ¿para un 0,15%?, madre mia, en serio hablamos de esto cuando hay bancos "españoles" como Pichincha o Facto dando rentabilidades pesimas de 0,8-1% anual?
La incultura financiera esta haciendo mucho daño.