60% en liquidez en cuentas, resto en fondos de inversión pero parte en RF.
Qué manera opinas que es la mejor para tener liquidez? en cuenta bancaria, fondos monetarios o RF a corto plazo? monetario en otra divisa?
Como te he dicho antes contablemente hay dos opciones. Lo mejor sería reponerlo pero si está sacando dinero del negocio supongo que no le llega.
Por eso te decía llevar esa cantidad a gasto, porque la sociedad no lo va a recuperar y la contabilidad debe reflejar la imagen fiel. Pero ese gasto obviamente no es gasto fiscal y para que Hacienda no te reclame, al confeccionar el IS, en el apartado de ajustes, debes sumar esos 20.000 al resultado contable, para tributar por el beneficio fiscal.
Si sigues con la compraventa de ese negocio, necesitarás un asesor fiscal para que te lleve las cuentas. Él te aclarará todo, será dinero bien gastado.
Reponerlo en el 2018 y así lo hace desaparecer del Activo o llevarlo a gasto en el 2018. En este caso sería un gasto contable pero no fiscal. Al hacer el impuesto de sociedades, tendría que aumentar la BI en 20.000, en el apartado de ajustes por la diferencia permanente, para tributar por ello.
Te he dicho hacerlo en el 2018 porque el ejercicio 2017 estará cerrado y declarado.
Pues creo que AZ y Cobas entraron en Almirall tras una buena caída, Magallanes ya estaba dentro. Les debe gustar más, aunque no sé por qué, la veo cara todavía.
Gracias por la información. Yo soy más de fondos pero tengo una pequeña cartera de acciones.
El año que viene veré si la paso a Self Bank, donde tengo cuenta, y hace unos días me enteré por un blog que han creado una nueva modalidad para accionistas de "buy and hold" donde tampoco cobran por mantenimiento de cuenta de valores ni por cobro de dividendos.
Por cierto, no te he dado mi opinión sobre las acciones que tienes porque no me siento capacitada, pero veo que has tomado posiciones en teekay que la lleva el fondo de Parames. Yo también suelo mirar la cartera ibérica de los fondos Value antes de hacer alguna compra de acciones. No compro acciones en el extranjero porque ya llevo en los fondos.
Mantendría la inversión pero no invertiría más hasta la compra de la vivienda, es decir, todo lo ahorrado de ahora en adelante lo metería en cuenta y lo dejaría quietecito.
Enhorabuena por tu forma de ser. A tu edad hay mucho cabeza de chorlito que gasta ese dinero en un coche.
Por cierto, en qué banco tienes esas condiciones tan buenas?
Vale, entiendo, si es un banco extranjero no tendrán la información. Y efectivamente te podrían revisar unos años después, tienen hasta 4 para hacerlo.
Depende de las cantidades que estemos hablando, si es poco no me preocuparía. Si es una cantidad importante, estás fuera de plazo pero para tu tranquilidad igual podrías acercarte a una oficina de hacienda y entregar la información. Igual es mejor llamar primero y hablar con la sección de IRPF. Así te olvidas del tema.
Otro tema con los bancos extranjeros es la declaración de bienes en el extranjero, supongo que estás al corriente de ello.
Intenta no llegar a 50.000 euros en la cuenta de valores, con bancos extranjeros, porque sino estarás obligado a presentar la declaración (modelo 720) antes del 31 de marzo.
Saludos
No te preocupes mucho del tema ya, porque ha pasado el plazo y supongo que te habrán liquidado el resultado de la declaración. Tu declaración está ya procesada.
En caso de que lo necesiten te pedirán la información, la aportas entonces y ya está. No tendrás ningún recargo por eso si lo que declaraste coincide con la realidad.
En Gipuzkoa, antes de realizar la declaración te puedes descargar los datos fiscales con la debida autorización (DNI electrónico, Izenpe o clave operativa) y puedes ver toda la información que hacienda tiene. Te aseguro que le consta las compras y ventas que has realizado de cualquier activo financiero en el ejercicio. Por tanto, los datos de compra probablemente los tiene mirando datos hacia atrás, en los ejercicios anteriores. Cuestión distinta sería si la compra fuese de hace 10 años por ejemplo, entonces probablemente no tenga datos y los tengas que aportar.
Por si te sirve te ayuda, te comento que le he solido hacer la declaración a un amigo que vive en Navarra y aunque en las instrucciones ponía que había que entregar justificación del alquiler del piso, para poder deducírselo, nunca lo ha hecho. Siempre guarda los justificantes por si se lo piden.
Saludos