Eso es indiferente.
Si acceden por la ventana (siempre que no quede a pie de calle) se considera escalo y por tanto robo con fuerza.
Aprieta a la compañia
En caso que la comunidad de propietarios tenga ya seguro de incendio, exime eso al propietario de tener que asegurar la vivienda para evitar la duplicidad?