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Participaciones del usuario javivi232 - Consumo

javivi232 30/09/14 20:07
Ha respondido al tema En Media Markt te registran al salir sin compra
Aunque me moleste reconocerlo (yo creía que no podía), pero el vigilante parece ser que puede efectuar el registro de tus pertenencias en el lugar donde está ejerciendo su labor : Las funciones del personal de seguridad privada son complementarias y subordinadas respecto a las de la seguridad pública, y tendrán obligación especial de auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones, de prestarles su colaboración y de seguir sus instrucciones. Detención El vigilante de seguridad no sólo puede detener en virtud del artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sino que tiene la obligación de hacerlo en cumplimiento del artículo 11.d de la Ley de Seguridad Privada y del artículo 76.2 del Reglamento de Seguridad Privada. La figura de la “retención” no existe en el actual ordenamiento jurídico. Retener a una persona hasta la llegada de la autoridad es, en si misma, una detención. Registros El vigilante de Seguridad puede practicar registros dentro de los inmuebles objeto de su protección. Artículo 76.1 del Reglamento de Seguridad Privada. Identificación El Vigilante de Seguridad puede practicar, así mismo, controles de identidad en el interior de dichos inmuebles. Artículo 77 del Reglamento de Seguridad Privada y artículo 11.b de la Ley de Seguridad Privada. Condiciones Tanto la detención, como el registro y la identificación, deben realizarse en virtud de motivos racionales y objetivos, siendo estos comunicados a la persona afectada. Texto extraído de http://www.agentesdeseguridadprivada.com/t11302-la-figura-del-vigilante-de-seguridad-y-sus-funciones
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javivi232 20/05/14 19:29
Ha respondido al tema Ciclomotores de 49 cc.
Si con una 125cc vas vendido por autopista y te pasan hasta los camiones, imagínate con una menor, vamos, ni loco.
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javivi232 18/05/14 14:16
Ha respondido al tema Motos eléctricas ¿empieza a interesar el vehículo eléctrico?
Creo que te estas creado una opinión demasiado genérica de los vehículos eléctricos y te estás autoconvenciendo, sobre todo por lo del consumo y mantenimiento. El hecho que a Buenavalle le saliera barata la reparación de la avería que ha tenido en una celda no significa que eso le pase a todos el mundo, vuelve a leerte sus comentarios y mira cuanto cuesta sustituir la batería completa que como mucho puede llegar a tener unos 1000-1500 ciclos de carga, a menos que estés avispado como él y la repares sustituyendo la averiada, pero también hay que contar que para resolver esa avería, previamente se ha gastado 400€. Por ponerte un ejemplo, yo con 4 años en mi moto, 54000 km, salvo los cambios de aceite, filtros y una bujía, la pieza más cara que te tenido que cambiar ha sido la correa de transmisión, que importa 120€. En comparación creo que yo he gastado menos en mantenimiento. En cuanto al gasto de combustible el hecho de que sea más barato no significa que sea gratis, y esta condicionado el precio a adaptar tu instalación eléctrica para conseguir el óptimo precio, que como se ha dicho puede variar con el tiempo cuando aumente la demanda y de eso se encargarán las compañías eléctricas. Permíteme un pequeña observación, tu propia moto no te echa el humo a la cara y por circular con una eléctrica no te exime de comerte el humo de los demás. Otra cosa, ¿ creéis que deberíamos derivar la conversación a establecer una relación entre Motos-Electricidad-Fukushima para determinar lo saludable de los vehículos eléctricos ? V´s
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javivi232 18/05/14 11:00
Ha respondido al tema Motos eléctricas ¿empieza a interesar el vehículo eléctrico?
Por lo que dices has usado casi todos los días laborales la moto para hacer alrededor de 25 km. Si el mantenimiento que le has hecho es cambiarle esa celda, la verdad es para quitarse el sombrero, realmente es una solución económica, daba por hecho que la sustitución de baterías era necesario hacerlo todas a la vez. Mis cálculo los hice con los datos del ejemplo del primer post, si tu moto consume menos y como resultado gasta 1€ a los 100km, sobre todo si no te tienes que complicar con la discriminación horaria, y como dije, aunque consumiera más sigue siendo más barato de la moto de combustión tradicional. En definitiva, si tienes un garaje en tu propia casa, un enchufe, tus desplazamientos no superan los 90km Ida/vuelva, y sólo la vas a usar en el ámbito urbano (he visto a alguno meterse en la M40 con ella), puede ser una buena opción a valorar. Por cierto espero que tu moto no te costara 15350€ como la del ejemplo, porque sino me desdigo de todo !!!
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javivi232 17/05/14 23:58
Ha respondido al tema Motos eléctricas ¿empieza a interesar el vehículo eléctrico?
Creo que para empezar a hacer cálculos reales lo primero sería no establecer como medida el tiempo de uso, en tu caso cuatro años, sería más conveniente hacerlo en kilómetros. Ojalá no te pase nunca, pero si te pasara podrías volver y escribir el precio de la sustitución de las baterías ? Por el resto estoy de acuerdo contigo, para usarla solo en ciudad y como dices sí tienes tu propio garaje en tu propia casa. En un garaje común lo tienes un poco difícil. Mi moto no pierde aceite ni huele el garaje a gasolina.
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javivi232 17/05/14 23:38
Ha respondido al tema Motos eléctricas ¿empieza a interesar el vehículo eléctrico?
Venga vale por error he puesto la barra de dividir (es lo que tiene el corrector ortográfico del iPad), aunque mi error más grave es establecer el valor del Kwh a 0,20 cuando el valor real son 0,05, pero no porque uses la electricidad para cargar un vehículo eléctrico, sino que es el precio del consumo en tarifa valle. Viendo este pequeño detalle, ¿creéis que cuando se generalize el uso de vehículos eléctricos el precio de la energía se mantendrá al precio similares o por el contrario se equiparará ? ¿ Habéis calculado lo que habéis pagado de más por vuestro consumo eléctrico en horario normal dado que el precio aumenta con respecto a una tarifa sin discriminación horaria ? Mis preguntas van sin acritud, que conste.
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javivi232 17/05/14 21:52
Ha respondido al tema Motos eléctricas ¿empieza a interesar el vehículo eléctrico?
Recarga casi gratis ??? Haciendo cálculos a mano alzada, 16A * 220v son 3500W a 0,20 kwh * 3h, si no me equivoco 2,1€, sin contar IVA ni impuestos ni incremento en la potencia contratada, y todo esto para hacer 100Km En indiscutible que es más barato que una moto gasolina, pero decir que es casi gratis me parece exagerar un poco. +
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javivi232 16/05/14 17:38
Ha respondido al tema Circulo de conductores y cepsa
Si alguien te tacha como Community Manager, pues entonces los dos los seremos. Yo llevo casi un año y puntualmente todos los meses me llega la carta de Cepsa con los descuentos del mes, no es mucho dinero, 10€/mes aprox, pero para que se lo lleve otro está mejor en mi cuenta corriente, y simplemente por el hecho, como bien dicen, orientando tu hábito de consumo hacia una determinada marca que además en mi caso, da la casualidad que es la que tiene los mejores precios antes de descuentos. Al contrario que tú yo no he montado mi red de asociados ya que no pretendo cobrar comisiones, creo que no merece la pena complicar la declaración de la renta con los ingresos tan pequeños. Hoy por hoy la combinación de tarjetas, Club, Carrefour, VISA hace muy rentable elegir Cepsa, pero supongo que algún día terminará y ese día será necesario volver a plantearse si merece la pena.
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javivi232 15/05/14 22:28
Ha respondido al tema La revision del coche en el concesionario oficial
Yo no voy a comentar mi experiencia personal, solo me limitaré a dar la visión legal a tu pregunta: REGLAMENTO (CE) No 1400/2002 DE LA COMISIÓN de 31 de julio de 2002 relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor REGLAMENTO (UE) No 461/2010 DE LA COMISIÓN de 27 de mayo de 2010 relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor En resumen, en estas leyes europeas vienen a establecer: • La Comisión Europea, a fecha de 31 de Julio de 2002, publicó el Reglamento 1400/2002. Uno de los objetivos de dicho reglamento es impedir el monopolio de los concesionarios oficiales en lo referente a las revisiones de los vehículos dentro del periodo de garantía oficial del fabricante. • Con el fin de asegurar la libre competencia dentro del sector de la reparación, mantenimiento y suministro de piezas de recambio para automóviles, el Reglamento 1400/2002 establece que el consumidor es libre de acudir a cualquier taller, ya sea oficial o independiente, para realizar las revisiones oportunas en su vehículo. • El usuario no perderá la garantía oficial del fabricante por no pasar las revisiones en un taller oficial de la marca. No obstante, sí será motivo de pérdida de garantía oficial del fabricante la realización de una reparación defectuosa, por parte de un taller independiente. • En lo concerniente a los recambios, el consumidor podrá emplear cualquier recambio en sus revisiones siempre y cuando respete las exigencias establecidas por el fabricante, pero éste no podrá exigir la utilización de un recambio de una marca determinada como requisito para conservar la garantía oficial del vehículo. El Reglamento de la Comisión Europea n.º 461/2010, que refuerza, de forma efectiva, la libre competencia en el mercado del mantenimiento de automóviles en todos los países de la Unión Europea. Este texto aporta dos importantes avances a favor del consumidor: • Garantiza la libre elección del taller de automóviles en lo que respecta al mantenimiento del vehículo. Aun cuando el coche se encuentre dentro del periodo de garantía • Obliga a los fabricantes a facilitar a los profesionales que intervienen en la reparación de automóviles, la totalidad de las características de los vehículos, de los proveedores y de las piezas necesarias para la reparación. El único punto que hay que tener cuidado es que SÍ estarás obligado en hacer las revisiones en un taller y no sería valido el hacerte tú mismo la revisión del vehículo, por no poder certificar de ninguna forma que has seguido fielmente las recomendaciones del fabricante, pero esto que digo es una interpretación personal de la ley. Por cierto esto que comento NO aplica a las motos por una interpretación curiosa de la ley. Queda claro ?, si no lo está es mejor leerse la ley de arriba abajo ya que en caso de conflicto con un taller prevalecerá la ley.
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javivi232 05/05/14 22:41
Ha respondido al tema Alquiler coche en Mallorca
La última vez que estuve allí me sorprendió el pacto que tienen entre todas las compañias de alquiler en cuanto a la política de combustible, es en el único sitio en el que he te obligan a alquilar con el depósito de combustible lleno y lo tienes que devolver vacío y cobrándotelo por anticipado, todo el combustible que no consumas lo pierdes. Toda una sorpresa cuando no has tenido la precaución de leerte las condiciones del contrato. El único que se salva (sin incluir las grandes, Herz, Avis, etc) es RecordGo, que si no han cambiado las condiciones, en alquileres inferiores a tres días sigue la política Lleno-Lleno. Consejo, no te fijes solo en el precio y mira muy mucho las condiciones del alquiler.
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