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Participaciones del usuario Jota78

Jota78 18/09/15 21:12
Ha respondido al tema ALTIA
En el momento en que el mercado se recupere un poco esto debería de empezar a subir porque el beneficio comparado con el año pasado ha estado cerca de doblarse. O eso sería lo lógico no??
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Jota78 15/09/15 22:17
Ha respondido al tema Natra (NAT) ¿Cómo lo veis?
Buenas: Habéis visto esto: http://www.elboletin.com/mercados/122505/reig-jofre-agrupar-acciones-contrasplit.html ¿Podría afectarle en algo a Natra el contrasplit de Reig Jofre?
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Jota78 15/09/15 22:10
Ha respondido al tema Anular póliza debido a pésima atención al cliente
Bueno señores. Una semana después de haber recibido el burofax se han puesto en contacto conmigo para solicitarme ciertos datos como número de Km actuales del vehículo, etc, que no me habían solicitado en su momento y por eso los inventaron...tócate las narices.. También me han pedido escaner de DNI y permiso de conducir. Es decir, todo lo que tenían que haber pedido al principio y no lo han hecho. Les he contestado con todo lo que piden y ahora espero que lo hagan bien. Pero fijaos que han tardado 1 semana en contestar. Seguro que se estuvieron informando sobre el tema a ver si podían escaquearse... Gracias a todos por vuestra ayuda chich@s. Un saludo!
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Jota78 09/09/15 22:35
Ha respondido al tema ALTIA
Ah! Pues no sabía yo esto. Gracias por la info Jose. Un saludo!
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Jota78 09/09/15 21:01
Ha respondido al tema ALTIA
Espero que todo haya salido bien en el parto y que ya tangáis en vuestros brazos un niñ@ muy guap@. En cuanto a Altia ha subido pero con volumen ridículo. Yo sigo dentro desde hace un año y 1/2 aprox y espero que nos de a todos alegrías estos próximos meses.
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Jota78 08/09/15 21:27
Ha respondido al tema Catenon
Yo en esto de la bolsa no tengo demasiada experiencia, pero por lo que tengo visto hasta ahora es difícil predecir lo que va a pasar en un valor en los tiempos que corren y sobre todo en el MAB. Parece que existe mucha volatilidad en el mercado y hay desconfianza en los inversores, debido a los varapalos sufridos recientemente con algunas empresas que creíamos que iban bien y realmente no era así. Vamos a ver como son los resultados que presentarán próximamente y veremos lo que hacemos después. Si no son buenos habrá que vender e invertir en otro valor a ver si cogemos un poco de senda alcista que está la cosa mu mal. .
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Jota78 02/09/15 00:01
Ha respondido al tema Anular póliza debido a pésima atención al cliente
De nuevo quiero manifestaros mi agradecimiento por todo lo que me estáis aportando. Esta ley es muuuy interesante, además del articulo 10 hay otros que creo me podrán ayuda también, como por ejemplo: ARTÍCULO 8: La póliza del contrato debe contener, como mínimo, las indicaciones siguientes: Uno. Nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y su domicilio, así como la designación del asegurado y beneficiario, en su caso. Dos. El concepto en el cual se asegura. Tres. Naturaleza del riesgo cubierto. Cuatro. Designación de los objetos asegurados y de su situación. (AQUÍ ES DONDE VOY A RECLAMAR DEBIDO A QUE EL OBJETO ASEGURADO NO ESTÁ CORRECTAMENTE DESIGNADO -- Nº BASTIDOR DEL VEHÍCULO INVENTADO POR EJEMPLO...) Cinco. Suma asegurada o alcance de la cobertura. Seis. Importe de la prima, recargos e impuestos. Siete. Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago. Ocho. Duración del contrato, con expresión del día y la hora en que comienzan y terminan sus efectos. Nueve. Nombre del agente o agentes, en el caso de que intervengan en el contrato. En caso de póliza flotante, se especificará, además, la forma en que debe hacerse la declaración del abono. Si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar a la Entidad aseguradora en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. Lo establecido en este párrafo se insertará en toda póliza del contrato de seguro. ARTÍCULO 10. El tomador del seguro tienen el deber, antes de la conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo. El asegurador podrá rescindir el contrato mediante declaración dirigida al tomador del seguro en el plazo de un mes, a contar del conocimiento de la reserva o inexactitud del tomador del seguro. Corresponderán al asegurador, salvo que concurra dolo o culpa grave por su parte, las primas relativas al período en curso en el momento que haga esta declaración. Si el siniestro sobreviene antes de que el asegurador haga la declaración a la que se refiere el párrafo anterior, la prestación de éste se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiese aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo. Si medió dolo o culpa grave del tomador del seguro quedará el asegurador liberado del pago de la prestación. EN RESUMEN. El primer paso que voy a dar, ya que afortunadamente estoy dentro de los primeros 30 días de contrato, es enviarle un burofax calentito, exigiéndole por escrito que modifique la póliza y que todos los datos relativos al tomador y vehículo que en ella aparezcan se correspondan feacientemente con la realidad. Esto lo primero. Después el supongo que tendrá 2 caminos. Entrar por el aro, modificarlos y entregarme la póliza corregida, o dar de baja el contrato voluntariamente y devolverme el importe que me ha facturado.
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Jota78 31/08/15 19:01
Ha respondido al tema Anular póliza debido a pésima atención al cliente
Muchas gracias a todos por vuestros comentarios. Es un corredor. Lleva varias compañías. Tengo un seguro con ellos desde hace 1 año y 9 meses y hasta ahora bien. Por eso he asegurado 2 vehículos más ahora en agosto, pero hoy me ha dado una contestación muy poco apropiada, incluso con tono bastante prepotente. Debido a esto me ha dejado bastante quemado. Esta tarde he ido a preguntar a otro corredor y me ha dicho que tengo un plazo de 45 días para devolver los recibos sin que puedan emprender acciones legales en mi contra (Esto por la ley del consumidor o algo así). Aunque no estoy del todo seguro que esto sea así como me han dicho. Hemos quedado en que va a localizar la zona de la póliza donde hace referencia a esto y me lo va a comunicar. Si es posible hacerlo sin pillarme los dedos lo haré y daré de alta las nuevas pólizas.
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