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Participaciones del usuario jrdiazz

jrdiazz 10/12/13 06:08
Ha respondido al tema Invertir en la Isla de Man
Hola a los dos, y gracias a ambos. Disculpadme, pero no entiendo muy bien a que os referís exactamente con garantías. ¿Podéis darme un par de ejemplos de lo que estáis pensando para que os pueda contestar? Tengo unos folletos de los productos de los que me han hablado y puedo buscar en ellos la información que me digáis. Además de eso, quería saber si alguien me puede echar una mano con el tema legal de una inversión de este tipo si volviera a vivir a España. Sigo sin saber si es algo "ilegal", o si tan sólo es necesario declarar que tienes esa inversión, y también como se trata ese tipo de inversión desde el punto de vista fiscal. Muchas gracias de nuevo, espero vuestras respuestas. Saludos cordiales
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jrdiazz 20/05/13 17:53
Ha respondido al tema Primer anyo como no residente fiscal en Espanya
Una pregunta para todos, He visto aquí, en este foro, que tengo que presentar el modelo 030 para comunicar a Hacienda que ya no soy residente fiscal. Sin embargo, me ha parecido leyendo otra noticia, que la que debo cubrir es la 036. Pero un compañero del foro que parece que está muy al tanto de estos temas, me ha dicho que debo presentar la 247. ¿Hay alguién que pueda confirmarme qué formulario debo presentar para eso, para comunicar que ya soy residente fiscal en el extranjero? Muchas gracias a todos por adelantado. Saludos cordiales. Jose
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jrdiazz 13/05/13 20:09
Ha respondido al tema Primer anyo como no residente fiscal en Espanya
Muchas gracias por la respuesta. Lo del borrador de la renta de 2012, pues voy a mirarlo, tienes razón. Acerca del certificado digital, pues no lo tengo lamentablemente. Lo que he hecho es buscar el modelo que me dices, pero parece ser que el que corresponde es el modelo 030 y no el 036 (este último es el censo de empresarios, profesionales y retenedores, y yo en España trabajaba por cuenta ajena). Acerca de lo que dices de ver en la web si tengo que hacer la declaración o no, no se bien donde encontrarlo. He buscado, pero no he visto nada. Lo que si creo es que España y Holanda tienen acuerdo para evitar doble imposición y eso significa que si hago la declaración en Holanda, no puedo hacerla en España. Pero no se si esto es totalmente correcto. En fin, que si se te ocurre algo más, o alguien más puede ayudarme, os estaría muy agradecido. Un saludo, y de nuevo gracias por tu mensaje.
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jrdiazz 17/06/12 19:02
Ha respondido al tema Compro de una parcela en el IRPF
Muchas gracias, eso mismo entiendo ello. Es un suelo no edificado, por lo que creo que no debo imputar ninguna renta. Saludos, y gracias de nuevo
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jrdiazz 16/06/12 15:38
Ha respondido al tema Compro de una parcela en el IRPF
Perdonadme otra vez, pero leyendo la Guía de la Declaración de la Renta 2011 que me he bajado de la página de la Agencia Tributaria, en la página 17 he leído esto: ____________________________________________________________________________ Bienes inmuebles que deben relacionarse en este apartado En el apartado C de la declaración deberán relacionarse los siguientes bienes inmuebles de los que, en todo o en parte, el contribuyente haya sido pleno propietario o usufructuario en algún momento del ejercicio 2011, tanto si ha ostentado dicha titularidad de forma directa como si la misma le corresponde de forma indirecta por su participación en una entidad en régimen de atribución de rentas: (1) a) Los bienes inmuebles que den lugar a la imputación de rentas inmobiliarias prevista en el artículo 85 de la Ley del Impuesto, por haber permanecido durante la totalidad o parte del ejercicio a disposición de sus titulares, incluso aunque éstos no hayan hecho efectiva utilización de los mismos. Es el caso, por ejemplo, de las viviendas distintas de la habitual que el contribuyente destina a segunda residencia. Se incluyen en este concepto los inmuebles rústicos con construcciones que no resulten indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales. No obstante, por no dar lugar a imputación de rentas inmobiliarias, quedan excluidos los siguientes inmuebles: – La vivienda habitual del contribuyente y los demás inmuebles que se asimilan a la misma a efectos del IRPF: las plazas de garaje, hasta un máximo de dos, los jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y, en general, los trasteros, anejos o cualquier otro elemento que no constituya la vivienda propiamente dicha, siempre que dichos inmuebles se hubieran adquirido conjuntamente con la vivienda habitual. – El suelo no edificado. – Los inmuebles en construcción y aquellos otros que, por razones urbanísticas no hayan sido susceptibles de uso.... ____________________________________________________________________________________ En la penúltima frase da a entender que el suelo no edificado no es necesario tributar por él. Y ese es mi caso, es un solar que es edificable, pero que no hay nada edificado aún. Parece que no tendría que pagar impuestos por él. ¿Alguien me puede confirmar esto? Disculpad la insistencia. Gracias!
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