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Kyrie lomthe

Se registró el 10/02/2010

Sobre Kyrie lomthe

Busco aprender de los demás lo más que pueda y aportar al resto lo poco que sé. NO ESTOY AQUÍ PARA AYUDAR A HACER LAS COSAS MAL Y HACER QUE PAREZCA QUE ESTÁN BIEN HECHAS

Ningún pueblo es mejor que sus gobernantes
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Kyrie lomthe 05/03/19 18:42
Ha comentado en el artículo Real Decreto de los alquileres, segundo intento
A mi esto me ha llamado poderosamente la atención... Durarán cinco años los arrendamientos de vivienda ajena que el arrendatario haya concertado de buena fe con la persona que aparezca como propietario de la finca en el Registro de la Propiedad, O QUE PAREZCA SERLO EN VIRTUD DE UN ESTADO DE COSAS CUYA CREACIÓN SEA IMPUTABLE AL VERDADERO PROPIETARIO, sin perjuicio de la facultad de no renovación a que se refiere el artículo 9.1, salvo que el referido propietario sea persona jurídica, en cuyo caso durarán siete años. Esto va a traer cola señores...
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Kyrie lomthe 26/10/16 21:27
Ha respondido al tema Cambio domicilio fiscal en el extranjero
No soy asesor, soy sólo alguien que sabe un poco de estos temas y aporta lo poco que sabe y es así como nos vamos defendiendo con la Administración; como hasta ahora me voy solventando yo los problemas según lo que investigo aquí y allá tampoco conozco ningún asesor que pueda recomendarte para hacer la gestión. Un saludo y mucha suerte.
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Kyrie lomthe 25/10/16 09:19
Ha respondido al tema Cambio domicilio fiscal en el extranjero
1) Sí, sería conveniente que informases a la Seg. Social de tu cambio de domicilio pues siempre es conveniente que tengan la dirección actualizada. 2) Al residir fuera más de 183 días ya no deberías estar tributando por IRPF sino por IRNR (Impuesto de la Renta de No Residentes, el IRPF para los que viven fuera); suele tener tipos menores. Respecto a la pensión, seguramente sí que te quitarían algo PERO seguramente también te lo podrías deducir allí por doble imposición. Te pongo un link que te puede ser de utilidad: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Normativa_tributaria_y_aduanera/Impuestos/Impuesto_sobre_la_renta_de_no_residentes/Impuesto_sobre_la_renta_de_no_residentes.shtml
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Kyrie lomthe 10/10/16 22:49
Ha comentado en el artículo La eterna pregunta ¿Hipoteca a interés fijo o mantenerse en variable? *240*
Sí, sí has conseguido el objetivo, de hecho el comentario fue dicho con ironía. La cuestión, que has expresado muy bien, es que el problema fijo/variable es un problema que no es de solución única (no siempre es mejor el fijo o el variable), depende de muchos factores que muchas veces no se consideran o no se quieren considerar (no queremos leer, entender y pensar) y se quiere una solución única y estándar para todos los casos cuando eso no es posible, de ahí la ironía de la "pérdida de tiempo" porque has empezado a ver cual era el mejor para al final no saber cuál es el mejor, lo cual es por la sencilla razón de que no hay uno mejor, sino que hay que ver cuál es el mejor para cada persona.
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Kyrie lomthe 14/05/16 09:56
Ha respondido al tema Jubilado compra piso hipoteca. Fiscalidad
Sin entrar a valorar si sois residentes o no, porque si no lo fuerais no deberíais declarar por IRPF sino por IRNR por el piso alquilado (el IRPF para los que no residen en España), para el 2015 no os saldría a pagar nada con esos datos, son importes muy bajos como para que salga a pagar; no obstante habría que meter también intereses obtenidos en el extranjero y demás. Por otra parte si tu esposo no es residente en España no ha de presentar el IRPF (ni pueden obligarle) sino el IRNR y sólo por el piso. No temas usar el programa PADRE, siempre y cuando no envíes la declaración no pasa nada.
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Kyrie lomthe 02/05/16 22:28
Ha comentado en el artículo En busca del lector bien informado
Me apenaría como ya han dicho los anteriores foreros que lo cerrases y te rogaría que no lo hicieras, pero al final la decisión es tuya. Eres, hasta ahora, el único subastero que, de manera constante, has continuado denunciando las debilidades del sistema y criticándolas, enseñando un poco cómo va la historia y alertando a los novatos para que no se metieran a ciegas; sería una pérdida bastante importante que desapareciese tu blog. Personalmente te he hecho preguntas, no creo que muy complicadas, pero sí del tipo curiosidades que me gusta conocer; espero que ellas en ningún momento te hayan molestado. No obstante confío en que, cuando te despidas, nos lo hagas saber para que al menos te vayas con buen gusto de boca y con buenos recuerdos que contar cuando seas un abuelo cebolleta.
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Kyrie lomthe 02/05/16 22:24
Ha comenzado a seguir al usuario
Kyrie lomthe 20/04/16 20:20
Ha comentado en el artículo ¿5 € de todos los “pobres” o 5.000 € de todos los ricos? (las prioridades de la Agencia Tributaria) *230*
Todo ello por supuesto sin contar que tu y yo nos movemos y reclamamos si lo vemos injusto (de hecho tu tienes tu propio negocio de ello), pero tu dile a un ciudadano de a pie con la formación que tiene, que sepa lo que es el recurso de reposición, que lo prepare, papeleo, que si antecedentes de hecho, que si fundamentos de derecho,... "Que mira, que pago y que Hacienda me deje en paz". Hace poco tuve a un amigo que, por pagar de más, Hacienda le anda mareando; presentó pagos fraccionados sin estar obligado por realizar actividad profesional sujeta totalmente a retención y saltaron las alarmas de Hacienda diciendo "OJO, POSIBLE ACTIVIDAD NO DECLARADA, que por algo presentará pagos fraccionados"; confío en que Hacienda entre en razón con el escrito que le preparé y le deje de marear, pero lo que me dijo me hizo pensar en la poca formación que se tiene: "Y si yo no te tengo a ti, ¿Qué hago?, ¿Qué digo?, ¿Qué presento?"
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Kyrie lomthe 20/04/16 20:12
Ha comentado en el artículo ¿5 € de todos los “pobres” o 5.000 € de todos los ricos? (las prioridades de la Agencia Tributaria) *230*
Conozco cómo se deducen las cosas... Respecto a lo de Hacienda y el recurso de reposición, queda muy bonito sobre el papel que si el funcionario se ha equivocado rectifique, que para eso está la reposición, pero el funcionario JAMÁS va a reconocer que se ha equivocado, si te ha liquidado en concepto de X y por valor de Y, en reposición NUNCA te lo van a mover de lo que dijeron en un primer momento pues supondría reconocer que se ha equivocado, que lo corrija otro. Por aquí las cosas funcionan igual que por allí y por toda España, los asesores que conozco dicen lo mismo que tu, que en reposición se ratifica lo hecho anteriormente aunque sea manifiestamente ilegal (total, como no le va a pasar nada al funcionario...) y que para lo único que vale es para ganar tiempo y preparar bien la reclamación económico-administrativa.
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Kyrie lomthe 20/04/16 12:56
Ha comentado en el artículo ¿5 € de todos los “pobres” o 5.000 € de todos los ricos? (las prioridades de la Agencia Tributaria) *230*
Te olvidas de una cosa muy importante a la hora de fijar los criterios de la AEAT, el rico tiene un ejército de asesores y abogados dispuestos a defenderle hasta un céntimo, el pobre acepta el palo y paga sólo por "el papeleo". Por otra parte tengo constancia por lo que me ha contado la gente, he leído en foros de Rankia y han salido en medios de comunicación que algunas veces la AEAT realiza actuaciones ABIERTAMENTE ILEGALES o resuelve INFRINGIENDO LA LEY, lo cual me indigna bastante pues una agencia estatal, que debería ser la máxima cumplidora de la Ley (salvo por errores humanos, que siempre los hay), se la salte sin miramientos ni contemplaciones y con completo conocimiento de causa. Al leer esto muchos os acordaréis de la madre del funcionario ese que os liquidó mal, que no hizo esto o aquello perjudicándoos,... Pero estáis dirigiendo mal vuestro cabreo, apuntad más arriba, al jefe de esa persona, que es el que le obliga a actuar contra la Ley porque sino le cae una bronca y si lo hace bien y contra el ilegal criterio del jefe el contribuyente no se lo va a agradecer...
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Kyrie lomthe 04/04/16 14:19
Ha comentado en el artículo Relato de una adjudicación en la Costa del Sol
Tristán, hazle un guión de película a la historia, llámalo Sun's Coast (Que ahora los nombre de pelis en inglés venden), pide subvenciones al Ministerio de Cultura para rodarla, aplica las deducciones del IS para los beneficios que te va a dar y a vivir...
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