Ok gracias,lo dejo así.El VL,corresponde al día 25,se puede comprobar en el histórico del Fondo.A parte de que en el recibo pone fecha valor 22 con lo cual induce a equívoco,en la información del fondo cuando lo contraté no veo por ningún lado la pirula ésa del D+1.No entiendo de dónde sale la historia,pero con no volver a contratarlo ya está.Me paso definitivamente al Fundsmith en ese tipo de fondo.
Bueno,acostumbrado a hacer traspasos entre fondos y no reembolsos,y no habiendo detalles de la operación pues se había liquidado horas antes,ha sido una falsa alarma.Del total habían descontado lo que se queda Hacienda,además,creo que sí que el fondo está expuesto al riesgo eur/dolar,pues las variaciones positivas del valor liquidativo ,comparándolo con el nasdaq,son inferiores cuando el dólar se deprecia respecto al euro.Como no veo lo de Hedged por ningún lado pensé que sí que podría estar cubierto.
Buenas.He empezado con poca cosa para ver el funcionamiento del fondo y la gestora(Bankinter).No sé si tiene el riesgo moneda cubierto,creo que no,puesto que no veo nada de Hedged por ningún lado y tampoco sé si el valor liquidativo diario(lo consulto en Investing),tiene en cuenta la fluctuación de las monedas teniendo en cuenta que tiene mucha empresa USA.Me imagino que esto último sí puesto que en otros similares,sin riesgo cubierto,el valor liquidativo tiene en cuenta la variación de la cotización EUR/DOLAR.Si alguien que ya lo haya "catado" a conciencia me saca de dudas se lo agradecería.Me mosquea un poco porque he reembolsado el fondo y,aunque la operación no está todavía detallada,no me salen las cuentas,la ganancia es menor de la esperada teniendo en cuenta el precio de compra/venta.No tiene comisión de reembolso y por asegurarlo al cien por cien lo pregunté en Bankinter y me lo ratificaron.No sé si cuando detallen la operación corregirán el valor del reembolso,si es que en el valor liquidativo que yo he aplicado según Morningstar no descuentan la variación de la paridad EUR/DOLAR o qué.Saludos.
Si,si,tengo claro lo de la compensación y los cuatro años Es cierto lo dicho,me he expresado mal,el quid de la cuestión es la diferencia entre compensar y aplicar.De verdad es una gozada un foro como éste donde se solucionan dudas que de otra manera te vuelves loco yendo a la oficina tributaria o llamando por teléfono
Gracias por el interés:en rentaweb,al hacer la complementaria sí he marcado la casilla antiaplicación y me quedan pendientes de compensar.Tengo esperanzas de que suban en condiciones de aquí a tres años y pueda venderlas,que me quede el saldo a cero y pueda compensarlas.....pero yo pensaba que podía compensar 36,sólo 36,pero la que me ha atendido de Hacienda me ha dado a entender que no,porque al haber compra antes de la venta y posterior a la misma en el plazo de días,las mete todas en el mismo saco.