Pero te han computado el IMV ? Si yo misma hixe mi declaración y me sale a cero pero no me aparece nada de que cobro la vital ya k es renta exenta. Te hablo en mi caso no se como se le reflejará a los demás.
Igualmente la ley dice que El IMV en sí mismo es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentar declaración.Sí que deberán declararse, como rendimientos del trabajo, las cuantías que superen los 11.862,90 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM ). En el caso de que, junto al IMV , se perciban otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de CC.AA . y ayuntamientos, sólo se debe declarar, y tributar, por ese exceso. En estos casos si tienes dos pagadores y superas ese importe ya no hay nada que hacer, te lo van a encasquetar como rendimientos de trabajo. Espero te sirva.
Se exceptuarán del cómputo de rentas:Las rentas exentas a las que se refieren los párrafos b), c), d), i), j), n), q), r), s), t), x) e y) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.Ayudas para el estudio y las ayudas de alquiler y adquisición de vivienda.GANACIAS PATRIMONIALES es cuando tienes un piso en propiedad y se lo alquilas a una persona ese dinero que cobras de ese piso es el que genera ganancias patrimoniales. No una ayuda que te da la comunidad autónoma precisamente porque no puedes pagar el alquiler de tu vivienda. Te va tocar buscar abogado de oficio o presentar escrito especificando la ley de IMV. Presentar la documentación de la junta donde se vea claramente que el pago es por ayuda al alquiler. Pedir en Hacienda tus Datos Fiscales que allí viene detallado de donde vienen tus ingresos.Ya que es ilegal que te computen dicha ayuda. Hacienda directamente no debe hacerlo.
Me acabo de dar cuenta que tenía una notificación telematica del día 29 de Diciembre.Es la carta k dixe k sigo manteniendo el derecho a la prestación.X si alguno no ha mirado, revisar
Yo no he dixo eso de los anteriores. Digo que este del 2023 ya lo han actualizado con el incremento del 15% escrito en un papel. "Certificado de importes".