Se exceptuarán del cómputo de rentas:
Las rentas exentas a las que se refieren los párrafos b), c), d), i), j), n), q), r), s), t), x) e y) del artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Ayudas para el estudio y las ayudas de alquiler y adquisición de vivienda.
GANACIAS PATRIMONIALES es cuando tienes un piso en propiedad y se lo alquilas a una persona ese dinero que cobras de ese piso es el que genera ganancias patrimoniales. No una ayuda que te da la comunidad autónoma precisamente porque no puedes pagar el alquiler de tu vivienda.
Te va tocar buscar abogado de oficio o presentar escrito especificando la ley de IMV. Presentar la documentación de la junta donde se vea claramente que el pago es por ayuda al alquiler. Pedir en Hacienda tus Datos Fiscales que allí viene detallado de donde vienen tus ingresos.
Ya que es ilegal que te computen dicha ayuda. Hacienda directamente no debe hacerlo.