En principio debe existir una herencia con sus procesos y los Impuestos de Sucesiones tramitados y pagados a nombre de cada heredero, con su porcentaje.Así mismo una escritura de venta de los herederos al comprador, con los importes de la venta, ajustado a la valoración dada por la Comunidad Autónoma.Cada heredero ha de declarar la venta de su porcentaje por la diferencia entre el valor de venta y el valor de adquisición (Valor I. Sucesiones) mas gastos de esta herencia.Saludos
Si cumplimentas los datos del Cónyuge indicando la Referencia Fiscal , se enlazan las declaraciones y cada Cónyuge cumplimenta la Declaración de forma Individual como DECLARANTE y CONYUGE el programa calcula de forma automática también la CONJUNTA y eliges a presentar las DOS Individuales o la Conjunta si esta Modalidad es mas favorable.Tienes que cumplimentar los datos del hijo/a .Saludos
El Programa Renta Web aplica correctamente la norma los 2.500 euros de reparaciones es inferior a los 3.000 de rentas brutas , quedando 500 euros de rentas a las que si le aplicas 1.000 de gastos quedan un negativo de 500 a declarar.Saludos
Si se tiene el derecho a la reducción del 40% de lo rescatado, si es mas rentable ya que tributas por el 60% de lo rescatado, siempre que las aportaciones sean anteriores al 31-12-2006 ( Ultima aportación anterior a esta fecha).Saludos
Lo que tiene que ser anterior al 31-12-2006 son las aportaciones no el inicio del plan, si las aportaciones son anteriores al 31-12-2006 se debe rescatar en forma de Capital de una sola vez.Saludos
El rescate por las aportaciones anteriores al 31-12-2006 es mas beneficioso el rescatarlo en una sola vez (forma de Capital)Este rescate tiene una reducción del 40% ( se tributa por el 60% de lo rescatado).El resto que corresponda a aportaciones posteriores al 31-12-2006 , se ha de rescatar al año siguiente y de forma anual o mensual como convenga, sabiendo que no tienen reducciones y se suma a las otras rentas generadas en su totalidad.Saludos
Esa casilla la cumplimenta el programa por la diferencia entre el valor del gastos realizado en el 2019 y el valor que se le puede aplicar en el 2019 que tiene como limite máximo las rentas declaradas.Si los gastos de reparación superan las rentas declaradas el programa ya deja la diferencia en esa casilla.Saludos