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Participaciones del usuario Lunatico

Lunatico 23/02/20 12:20
Ha respondido al tema Plusvalía en IRPF de piso comprado en 2012
El motivo fue por causa de estimular las ventas de activos inmobiliarios, que se traspasaban a las sociedades inmobiliarias, para su venta, provenientes de las entidades de crédito que se quedaron pillados en la burbuja.Saludos
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Lunatico 17/02/20 12:19
Ha respondido al tema Alta Autónomo
En Hacienda lo primero es presentar el Modelo -036 , donde ya comunicas el Epigrafe del IAE que te corresponda por la actividad y los Modelos que en funcion de esta actividad tienes que cumplimentar en el ejercicio.  Declaracion de Alta Censal, es el nombre de este Modelo.Saludos
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Lunatico 11/02/20 17:15
Ha respondido al tema Deducción anticipada por familia numerosa
Naturalmente que si tienes el Titulo de Familia Numerosa y este es anterior al 01/01/2019, cuando presentes la declaración, podras aplicarte los otros 6 meses que no lo has cobrado por adelantado.En el ejercicio 2018 tambien existia este beneficio y en función de la fecha de Titulo de Familia Numerosa podras solicitar la rectificación de la Declaración presentada en este ejercicio.Saludos
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Lunatico 11/02/20 12:27
Ha respondido al tema Declaracion Venta Acciones
La norma antiaplicacion solo se aplica cuando despues de una venta con perdidas, se recompran acciones del mismo Titulo, antes de pasados los DOS meses desde la venta con perdidas.En tus movimientos la unica venta con perdidas, se produce el 04/04/2019 , recompras el 23/05/2019, no han pasado los DOS meses estipulados cuando hay perdidas, pero vendes esta recompra el 17/09/2019 y con ganancias , no teniendo mas perdidas en el resto de operaciones.Por tanto puedes aplicarte sin restrinciones las perdidas generadas el 04/04/2019.Saludos
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Lunatico 10/02/20 16:52
Ha respondido al tema ¿Cuanto se paga de Ganancia patrimonial?
La ganancia que tributa es por la diferencia entre el valor de venta, descontados los gastos necesarios para la venta( Agencia Venta- Plusvalia Municipal de Incremento de los Terrenos) y el valor de adquisicion, descontados los gastos ocasionados por la compra (ITP-Notarias-gestorias, etc).Esta ganancia asi obtenida se le aplica la escala siguiente :  Por los primeros 6.000 euros el 19% , desde 6.000 hasta 44.000 euros el 21% y por el esceso de los 50.000 euros el 23%.Por ejemplo para una ganancia de. 34.000 euros la cuota a pagar seria de 7.000 euros.Saludos
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Lunatico 30/01/20 14:06
Ha respondido al tema Modelo 720: ¿se considera renta en extranjero?
Con el 720 debes declarar el movimiento de este deposito, con saldo que actualmente hayas dejado y posteriormente si este saldo dejado no supera los 50.000 euros no tienes que hacer mas 720 , salvo que tengas movimientos que superen el saldo en los 50.000 euros. Estos son importes del principal o patrimonio que solo se declaran en el 720 y en el Impuesto de Patrimonio si estas obligado a presentar.Otra cosa son las rentas generadas por este deposito, que eso si son rentas a declarar en el IRPF del ejercicio en que se obtienen, (solo beneficios obtenidos del patrimonio).Si has dejado a cero el deposito y lo has traspasado a una caja privada , este saldo no hay que declararlo en el 720, segun ya te han indicado en otro hilo,Saludos
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Lunatico 30/01/20 11:46
Ha respondido al tema Modelo 720: ¿se considera renta en extranjero?
Tendrás que cumplimentar un 720 , por haber tenido modificaciones de tus inversiones y declarar su cancelación , pero ese dinero estara invertido en otra cosa, bien en el extranjero (cumplimentar el 720) o bien en España .Por los rendimientos que te hayan podido generar esta inversion los tienes que haber declarado en ejercicios anteriores, pero no se debe declarar el principal que es un Patrimonio.Saludos
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Lunatico 30/01/20 11:38
Ha respondido al tema Duda IRPF contrato temporal o indefinido
El tipo e importe de la retencion, si puede cambiar, si ahora te estan aplicando el 2% por temporal, si pasas a indefinido te aplicaran en funcion del importe bruto del salario, las tablas que correspondan.Pero la retencion es un pago a cuenta (adelantado mensualmente) de la liquidación final (Declaracion), donde se calcula el impuesto que te corresponde pagar segun tus rentas y situación familiar . Si las retenciones (adelantos) son mayores al impuesto que tienes que pagar, tendras la devolucion del exceso pagado.https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/index.zulEn este enlace tienes el modelo a cumplimentar para conocer el tipo de retencion que te pueden practicarSaludos
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Lunatico 29/01/20 13:03
Ha respondido al tema ¿Pedir a la empresa que te baje el irpf?
Si en funcion de tu salario anual, te corresponde un tipo de Retencion, esta no puede ser bajada, si se solicita solo es para subirla.Las Retenciones que te hayan aplicado , cuando presentes la Declaracion, el exceso del impuesto que te corresponde pagar, te lo devuelve la AEAT , las Retenciones solo son un adelanto mensual al impuesto que al presentar la Declaracion te corresponde realmente pagar.Cumplimentando los datos del programa que se encuentra en en este enlace:https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/index.zulObtienes al tipo de retencion que te corresponde que te apliquen.Saludos
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