En principio sabedor de ello mejor no buscarse líos. Incluso así debe constar en la escritura. Lo que no se es si el notario se limitaría a informar de ello y podría hacer la vista gorda.
No es una panacea pero considero que bien gestionado y administrado algo se puede conseguir:
https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-8469-consolidado.pdf
Discrepo.
No significa que todo vaya a ser un camino de rosas, ni que le vayan a borrar la deuda de un plumazo, pero si puede ser una forma para conseguir algún que otro alivio.
Yo no descartaría explorar esa posibilidad a través del turno de oficio, si procede.
Si tú no has avalado no tienes ninguna obligación. La deuda no es tuya. El que presta dinero asume el riesgo de impago.
Endeudarse o menoscabar el patrimonio personal o familiar para solucionar el problema de otro, aunque sea tu hijo, no es la solución.
Es normal que quieras ayudar a tu hijo, pero todo ha de tener un límite. Puedes proporcionarle alojamiento, manutención o algún gasto extra, pero asumir una deuda bancaria elevada puede ser excesivo. Recuerda que tienes otro hijo y lo que le das a uno se lo estás quitando a otro. Eso puede afectar a la relación familiar a medio o largo plazo.
Una solución, con sus inconvenientes, puede ser solicitar la declaración judicial de concurso. Podría conseguir una quita. Pero le pondrán un administrador concursal y el procedimiento puede tener unos costes económicos y de otro tipo.
HOY MISMO
Cosas increíbles que suceden en Hispanistán.
Nota pedida en el Registro presencialmente tres euros y pico.
Si se pide por internet en la web de registradores más de 10.
Cuando has sido inquilino y propietario sabes apreciar las bondades y penalidades de una y otra situación. Si algo no es bueno en ambos casos es la precipitación y falta de reflexión.
Os estáis planteando la compra de una vivienda como una obsesión. Una necesidad imperiosa y no tiene por qué ser así.
Tener una casa vacía por tiempo indefinido genera múltiples gastos y no se disfruta más los gastos de la compra, más los intereses a pagar.
Creo que sería mucho más sensato planteárselo en el momento del regreso.
El que tiene dinero compra cuando le da la gana, si le apetece, tiene mayor margen de maniobra y no se tiene que arrodillar delante del prestamista.
Piensa en los 20.000 que de antemano tiras a la basura en impuestos y gastos sólo por la compraventa, más el goteo anual de intereses y gastos. ¿Cuántos períodos vacacionales podrías pasar en España con esos 20.000?
Por último: Si te piden un avalista sal corriendo.
El eterno lío. Pleito a la vista.
Mira la escritura de obra nueva y división horizontal.
Si no tienes seguro de hogar ya estás haciendo uno que te proporcione una generosa defensa jurídica. Si lo tienes y la defensa jurídica que te ofrece es mediocre ya lo estás cambiando. Tampoco has de dejar de tener en consideración la responsabilidad civil.
Entiendo como tú que la reparación ha de correr a cargo de la comunidad. Es lo habitual, pero hay sentencias de diversos colores y podría tocarte la china.