Si lees bien las nuevas medidas lo de que miren los ingresos del año en curso es de manera excepcional y por supuesto no lo pueden mirar cuando tú quieras , si lo solicitas ha principios de.año que es cuando entra en vigor te mirarán los últimos 10 meses ,si lo solicitas ha.mediados del próximo año te mirarán el primer trimestre del año , infomate bien
Eso no es cierto! Yo después de hacer la declaración de la renta pedí cita en la agencia Tributaria para meter el IMV e dijeron que NO HAY QUE DECLARARLO.
La cuestión es que en Enero del 2021 aún no llevaba un año está ayuda , los datos de.las declaraciones son por años fiscales por lo tanto no se puede actualizar algo que aún no está declarado , no podemos cobrar ha razón por ejemplo en 2022 con la declaración del 2021 que aún no hemos echo , creo que ya está claro que se actualiza ha finales o principios de cada año.
Insisto , tiene que solicitarlo en la página de la agencia Tributaria , esto no tiene nada que ver con el IMV aunque los que lo cobren lo verán reflejado en ello ,los que no cobrar IMV también lo pueden solicitar
No he copiado ningún enlace ni he mencionado ningún artículo , solo hice alusión ha lo que se ha aprobado hoy por si alguien quiere buscarla la noticia , yo la he leído en artículos de periódicos digitales, antes del el mensaje está el título que lo pone claro ,un saludo.