Buenas, lo único que puedes hacer es indicar que ya te ofrecieron esa oferta y que estaba todo apalabrado, pero en verdad dado que es subrogación con novación si la entidad no quiere dártela no puedes hacer mucho. Un saludo.
Buenas, según la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda En los casos en que la utilización de la vivienda suponga un peligro para la seguridad o salud de las personas, sin perjuicio de las medidas urgentes de desalojo que deban adoptarse, la Administración competente puede declarar inhabitable el edificio afectado. La declaración puede hacerse con carácter provisional y cautelar, mientras se averigua el alcance del deterioro, de acuerdo con lo establecido por la legislación de procedimiento administrativo. En función de la gravedad del deterioro y de la consiguiente posibilidad de rehabilitación, la Administración debe adoptar las medidas de intervención establecidas por el presente título que sean más adecuadas. Un saludo.
Buenas smahou, por lo que tengo entendido deberás pagar por el exceso, porque el resto de la herencia ya se encontraba formalizado en la escritura. De todas formas, si eso consulta a un asesor que te puede guiar mejor en este tema. Un saludo.
Buenas, el Impuesto por Actos Jurídicos Documentados se debe pagar en la comunidad autónoma en la cual se encuentra el inmueble puesto que al ser un impuesto que se encuentra cedido a las comunidades autónomas, hay diferencias entre el coste en cada una de ellas. Un saludo.
Buenas ksk ksk, la subrogación hipotecaria conlleva numerosos beneficios para los deudores. Si deseas puedes acceder a la información a traves del enlace: ¿Qué es la subrogación hipotecaria? Un saludo.
Buenas, dado que cuentas con 60000€ ahorrados y tu madre haria de avalista no creo que tengas problema para que te den la hipoteca. Aunque no tengas mucho tiempo, trata de ir a entidades financieras (algunas abren algunas tardes) con el fin de conocer en qué condiciones te darian la hipoteca y escoger la entidad financiera que te la deje en condiciones más favorables. Un saludo.
Buenas Jessicah, condiero que debes leer bien el contrato que firmaron tus padres para comprar la vivienda puesto que ahi a lo mejor pone en las cláusulas en qué condiciones se compraba el piso y la fecha de entrega de llaves. En caso de que figure toda esa información en el contrato y la empresa no haya cumplido con él, no pasará nada. Respecto al abogado, contratar a otro y no gasteis dinero en un abogado que no os está solucionando nada. Un saludo.