Abonados los 5€ por compra con tarjeta superior a 50€,de momento cumpliendo todo lo prometido punto por punto en mi caso.Suerte a todos con las reclamaciones.
Si correcto ,si yo lo tengo claro,pero y espero no ser pesado pero estoy harto de ver en otros foro que a mucha gente se le ha suspendido un mes el subsidio porque el funcionario al presentarle las escrituras de aceptacion de herencia toma el valor reflejado y suspenden el subsidio ,no es que imputen el presunto valor del inmueble aplicando el 3,25% del valor catastral sino que consideran que es una ganancia patrimonial y ya te comento si ese importe dividido entre 12 meses supera el límite de rentas proceden a suspender el subsidio un mes,independientemente que al mes siguiente tengan en cuenta el valor para determinar si procede la reanudación o no,no sé si me explico,es más hace cuestión de un mes acudí al Sepe a informarme y el funcionario que me atendió me corroboró que lo hacían de este modo,yo no quise entrar en debatirlo porque tampoco era el momento.
Volviendo al tema de los inmuebles heredados y tal y como comentas hay que estar al tanto del valor catastral del inmueble , pero si observas los comentarios que hace la gente que ha de acudir al sepe para declarar una herencia siempre comenta que aportará por decisión propia o por requerimiento del sepe las escrituras de aceptación de la herencia y el impuesto de sucesiones liquidado , cuando en realidad deberían aportar el recibo del IBI que donde realmente refleja el valor catastral del inmueble heredado no te parece más lógico, y sim embargo poco leo de que alguien acuda con el recibo del IBI a informar al Sepe del valor del inmueble.
Mucha gracias por su aportación,una consulta más, entiendo entonces que únicamente se debe informar al Sepe cuando se han recibido rentas y son motivo de suspensión i/o extinción no? , es decir cuando el conjunto de dichas rentas superan el 75 % del SMI, es correcto ?en cualquier otro supuesto no existe dicha obligación,repito siempre y cuando no superen el 75%,no?,muchas gracias y perdón por la reiteración.
Si pero como te comento hay gente a la que se les ha suspendido un mes el subsidio por haberle aplicado el funcionario de turno el valor de adquisición declarado en el impuesto de sucesiones.
Si si lo sé què hay jurisprudència al respecto, y opino igual que tú, lo mejor ante la duda es declarar la herencia , pero me refiero al hecho que hay moderadores en otro foro que opinan que cualquier herencia recibida sin tener en cuenta si son motivo de suspensión/extinción, es decir que argumentan que hay obligación de declarar toda renta recibida , supere o no los limites y en mi modesta opinión no es así, muchas gracias por responder.