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Bienes inmuebles en herencia - Subsidio
Buenos días hace tiempo que me asalta una duda y quisiera comentarla por aquí,resulta que se ha comentado en múltiples post en este foro pero a mí no queda claro si cobrando este subsidio cuando se recibe un inmueble en herencia no hay que comunicarlo al Sepe en ese momento sino que hay que comunicarlo cuando se proceda a la venta ,e imputar como ingreso el importe total bruto recibido y no la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión,esto último si que lo deja claro el documento de instrucción de rentas emitido por el Sepe,pero en este mismo documento también indica que se consideran rentas no excluidas las plusvalías y ganancias patrimoniales,y me pregunto yo , un inmueble heredado no se considera una ganancia patrimonial susceptible de ser declarada en el momento de recibirla ?, no sería lo correcto imputar como renta el valor de adquisición indicado en el impuesto de sucesiones dividido. entre 12 y en el caso de superar el imite de rentas declararlo al Sepe,?, es que yo repito por más que leo el documento de instrucciones del Sepe referente a este subsidio no tengo claro donde se especifique explícitamente que no hay que declarar esa ganancia patrimonial,muchas gracias de antemano,decir por otro lado que en otro foro que hay en Facebook de este mismo tema ,los moderadores ,que en mi opinión está compuesto por funcionarios del Sepe y la SSocial, indican siempre a todo el que pregunta que SI que hay que declararlo , y es más se dan muchos casos de gente que han recibido inmuebles en herencia cobrando el subsidio y han procedido a declararlo al Sepe y les han suspendido un mes el subsidio, dicho por ellos mismos.Gradias de antemano.