Muchas gracias leopol72.Pensaba que era obligatorio el cambio, mas que nada por lo que repercute en el IRPF, ya que antes de fallecer el causante, la imputacion de inmuebles se hacia al 50% (marido y mujer al 50%), y ahora el 50% del causante no se lo imputa nadie, si sigue viniendo a su nombre?, eso creia..