AFECTADOS POR LA INTERVENCIÓN JUDICIAL DE FORUM FILATÉLICO Y AFINSA
Disponen de dos instrumentos judiciales para hacer valer sus reclamaciones: la vía penal y el procedimiento concursal
Los afectados por la intervención de las empresas Forum Filatélico y Afinsa, producida el pasado 9 de mayo, por la Fiscalía Especial para la represión de los Delitos Económicos Relacionados con la Corrupción, tienen a su disposición dos instrumentos judiciales para canalizar sus reclamaciones.
Una es la vía penal, como afectados de los presuntos delitos de estafa, insolvencia punible, blanqueo de capitales, administración desleal y delitos contra la Hacienda Pública que motivaron la intervención judicial y de los que entienden los Juzgados de Instrucción números 1 y 5 de la Audiencia Nacional. La otra es el procedimiento concursal, como acreedores, abierto en los Juzgados de lo Mercantil, números 6 y 7, aunque aún no han sido emitidos los correspondientes autos de admisión a trámite.
VIA PENAL
Las 10 asociaciones de consumidores integradas en el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) ya asumieron, mediante un acuerdo alcanzado en su reunión extraordinaria del 11 de mayo, asumir la gratuidad para los afectados de todo el procedimiento por vía penal.
http://www.consumo-inc.es/NOVEDAD/Forum_Afinsa/Documentos/ES/ACUERDOCCU.pdf
Ese mismo día se reunió, convocada por el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto Nacional del Consumo, la Comisión de Cooperación de Consumo, en la que participan los responsables en esta materia de las Comunidades Autónomas.
En estas dos reuniones se alcanzó el acuerdo de canalizar las reclamaciones de los afectados y la defensa colectiva de sus intereses a través de las asociaciones de consumidores y usuarios del CCU y que las Administraciones les ofrecerían todo el apoyo que precisaran, así como mantener una coordinación constante entre administraciones y entre asociaciones.
La agrupación de las demandas, para facilitar su tramitación, fue una de las indicaciones realizadas por un comunicado conjunto
ComunicadoconjuntoJuzgados.pdf
emitido el 17 de mayo, de los Juzgados 1 y 5, en el que, además, se solicitaba, con el mismo objetivo, la dotación de una oficina de apoyo a los afectados, acogiendo de esta forma una petición realizada por el CCU.
Por último, el Consejo de Ministros del 19 de mayo aprobó mediante un Real Decreto
http://www.consumo-inc.es/NOVEDAD/Forum_Afinsa/Documentos/ES/Concesion_subvenciones.pdf
la concesión de subvenciones a las asociaciones del CCU, por un importe total de dos millones de euros, para apoyar las medidas y acciones que lleven a cabo gratuitamente en relación con este caso, dado el previsiblemente elevado número de reclamaciones que podrían condicionar el normal desarrollo de estas organizaciones y rebasar los medios reales de que disponen.
VIA CONCURSAL
En la vía concursal, si es admitida a trámite, los acreedores deberán presentar sus créditos ante el Tribunal. El acreedor no tendrá mejor trato por haberse personado en el concurso con abogado y procurador. Su interés es que se reconozca su crédito por la cuantía y clasificación que pretenda. Y para ello no necesita personarse con abogado y procurador que le implicarían unos costes adicionales sin ninguna mejora en su crédito.
De no reconocerse las pretensiones solicitadas por alguno de los acreedores, con independencia de estar personado o no en el procedimiento, recibirá una comunicación de la Administración concursal en la que se le informará de las modificaciones a su solicitud –en cuantía o en clasificación del crédito- y en este momento, de no estar de acuerdo, es cuando tendrá que acudir a un abogado y procurador para, mediante un “incidente concursal” en el seno del Juzgado de lo mercantil defender sus intereses.
La personación en el procedimiento concursal implicará una serie de gastos y responsabilidades de las asociaciones de consumidores del CCU que representen a los afectados El Consejo y las p