Muchas gracias Lorena, efectivamente en el contrato no hay ninguna condición de pagar indemnización por desistimiento. Sólo ponen que transcurridos los 6 meses de vigencia del contrato, el arrendatario podrá desistir al contrato comunicándolo por escrito con un mes de antelación. Entonces comunicaré al otro titular del contrato esta opción, ya que es a él a quien pidieron el pago de los 150 de desistimiento, y por consecuencia, hacerme a mí un nuevo contrato pagando los 300 euros de gestión. Añadir el anexo al actual contrato es la mejor opción.