Yo pienso que ese piso lo que tiene es una tuberia privada que desemboca en la arqueta principal y por lo tanto le corresponde a el mismo reparar los daños.
De todas formas esto es un foro de seguros, yo llamaría al seguro de la comunidad y al del piso y que se las arreglen entre ellos que para eso están.
Mentira de la gorda, no existe tal obligación. Es mas si insiten diles que te den el proyecto para hacertelo con un mediador q no sea el banco a ver q cara se les queda.
Buenas tardes
Son fondos parecidos en cuanto a rentabilidad y gastos y ambos se adaptan a lo que estás buscando. El primero de ellos invierte en deuda estatal europea a corto plazo y el segundo en depósitos en entidades bancarias europeas. El primero de ellos me merece más confianza y tiene más recorrido, desde el 2006 nunca ha dado pérdidas aunque pero no es más que una impresión personal ya se sabe que rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras.
Yo sospecho que ese interés que ofertan es Interés Técnico y no TAE, es decir que hay que descontarle los gastos del producto que no sabemos cuáles son. Lo sospecho por este párrafo "La rentabilidad garantizada se define en la base técnica de cada seguro."
Para contratarlo yo pediría que me dieran el TAE garantizado que ya llevaría descontado los gastos.
Muros tienes razón, con el ejemplo las cuentas no cuadran y empiezo a sospechar que el interés es técnico y no TAE. Hasta Enero no podré realizar proyectos para comprobarlo.
Mientras tanto de http://inese.gestiondocumental.info/documentos/bn/materialsegurdoc/899/seguros.pdf
obtengo la siguiente informacion (referida a la emisión de 2012)
Ocaso Superplan 5
A partir de 10.000 euros y a un plazo de 5 años, este seguro
garantiza un 2,5% anual (interés técnico) si rescata
el primer año, un 3% el segundo, un 4,5% el tercero, un
6% el cuarto y un 8% el quinto. Así, la rentabilidad final
al cabo de los 5 años es del 3,5% TAE para el caso de un
varón de 40 años que invierta 12.000 euros. Una rentabilidad
que no dista mucho del 3,8% que rentan los bonos
del Tesoro a similar plazo.. Podrá rescatar su dinero sin
penalización alguna cuando lo necesite, pero cobrará el
interés técnico a año vencido, es decir, si rescata al cabo
de año y medio, le devuelven el capital garantizado a un
año (2,5%). Eso sí, en caso de fallecimiento solo obtendría
la prima única.
Me rectifico a mi mismo lo que dije anteriormente... :(
No es eexactamente así, el consorcio lo que hace es una quiebra ordebada de la aseguradora. Es decir vende sus activos para pagar deudas y obligaciones, entre ellas los seguros de vida ( un seguro de ahorro es un tipo de seguro de vida) por lo q es posible que no se recupere el 100% del capital invertido.
Que quede claro que en los seguros no hay nada parecido al fondo de garantia de depósitos, aunque por los requisitos de solvencia que deben cumplir y los controles a los que las somete la Dirección General de Seguros lo mas probable es que u a aseguradora sea intervenida antes de quebrar, que fue lo que pasó con Cahispa.