Tachojavier lo que tu has aportado al seguro, en caso de cobrarlo todo junto, lo recibes íntegro, no tributas por el, ya que has pagado sus correspondientes impuestos y no lo has desgrabado. Tendrás que tributar por todos los rendimientos obtenidos, de eso no te escapas, al tipo que corresponda, los primeros 6.000 € al 21% y el resto según los tramos, que ahora mismo no me acuerdo y lo tendría que buscar.
Si sabes lo que has aportado y lo que tienes de rentabilidad, podrás hacer unas cuentas muy aproximadas del total que te quedará. En caso de rentas vitalicias que te hagan la simulación.
saludos
No te preocupes, todos los fondos deben de tener, siempre, el historial de la aportación. Ahora mismo estaba cotejando un fondo de un cliente, proveniente del traslado de planes diferentes y puedo calcular hasta el céntimo que aportación es anterior al 01/01/2007 y cuales posteriores. La propia historia del plan la deja reflejada.
Saludos
En un seguro de decesos se garantiza una prestación normalmente, no se que tipo de seguro teníais, o si tenía asociado algún tipo de seguro de vida o accidentes.
¿realmente en que consiste la herencia para que te podamos ayudar?
Saludos
¿Tienes el nombre del fondo? En el informe trimestral que te mandan tiene que venir nombre y gestora. Caja postal creo que fué absorvida por Argentaria en su día, luego fusionada para crear el BBVA, si no estoy equivocado. Si estoy en lo correcto puede ser que en el BBVA te puedan ayudar.
Un saludo
Si tu estás como heredero cobrarás el plan de pensiones en el momento que tu quieras, puedes esperar a jubilación, a un año que fiscalmente te convenga más, o en el mismo momento pagando el correspondiente % que te toque. Por grave enfermedad tu hermana ahora mismo lo podría cobrar, pues entra dentro de los supuestos de rescate, lo tributaría ella, con los % de exención que tiene. Te recomiendo que busques un asesor fiscal, que con los números delante,te ayude.
Un saludo
Alquilaste un parking o una plaza de aparcamiento? Si alquilaste el parking, supongo que hacienda entiende que has alquilado un negocio y por lo tanto estás obligado a hacer la declaración trimestral de IVA. Si lo que has alquilado es una plaza de aparcamiento, a saber lo que han puesto en el contrato.
Un saludo
También hay que tener en cuenta las deduciones de cada comunidad autónoma, con lo que pueden quedar, en la práctica, la mayoría de las transmisiones exentas.
Un saludo