bien, me habian dicho en Hacienda que el valor de la obra escriturada no es el valor a poner, sino que lo correcto es lo real pot lo que se gastó. no el precio que se puso alli....
Exacto, en el valor de adquisicion se pone la parte proporcional que corresponda en la parte heredada.
El gasto por impuesto de sucesiones sí hay que ponerlo pero tambien la parte proporcional.
saludos