Acceder

Participaciones del usuario overdose

overdose 23/03/18 16:41
Ha respondido al tema Cambio de comercializador de fondos de inversión
Si haces un cambio de comercializador te da exactamente igual que tarde dos meses, ya que siempre estarás invertido en el fondo en cuestión. Esto es, si sube o baja tú recogerás ese movimiento para lo bueno o para lo malo. Solamente es un cambio administrativo. Si eliges la segunda opción, es evidente que a la hora de hacer el traspaso al fondo B (puente) ya dejas de ser partícipe del fondo A (origen) y si el fondo A sube o baja a ti ya no te afectará, para lo bueno y para lo malo. Sobre las comisiones que te puedan cobrar, tienes que verificarlo con tu entidad actual. Si ellos dicen que cobran cuando haces un reembolso, es evidente que te interesa la primera opción porque en ella nunca haces reembolso del fondo sino que sólo cambia el comercializador. En la segunda opción es obvio que haces reembolso de tu fondo A para pasarlo al fondo B de la otra entidad. Si te dicen que te cobran por traspasos de salida, aquí te podrían cobrar tanto con la opción primera o segunda.
Ir a respuesta
overdose 21/03/18 18:03
Ha respondido al tema Lo cierto es que ni Cobas ni AZ levantan cabeza
Lo mismo hago yo. A veces cuando leo a gente que "dice" ir a largo plazo y se pasa todos, todos, todos los días viendo si sube o baja el VL de sus fondos flipo en colores. Me lo imagino diez años así y me entra la risa.
Ir a respuesta
overdose 20/03/18 20:26
Ha respondido al tema Lo cierto es que ni Cobas ni AZ levantan cabeza
Exacto. Yo es que esas ansias por ganar dinero ya cuando uno va a 10-15 años vista no lo veo... De todas formas la diversificación con otro tipo de fondos es importante. No creo que sea buena idea invertir todo el patrimonio en estos fondos value esperando pegar el pelotazo, aunque eso del buscar el pelotazo es muy español.
Ir a respuesta
overdose 20/03/18 13:45
Ha respondido al tema BNP Paribas
Hola Manuluxe, en el azValor "I" ya no se puede aportar.
Ir a respuesta
overdose 19/03/18 19:42
Ha respondido al tema BNP Paribas
Vaya. Pues menuda jugada. Por lo menos espero que a los que estamos dentro no nos hagan salir. Yo en BNP además del azValor "I" tengo el Capital Gropu New Perspective "ZH" que tiene unos gastos corrientes del 0,83. Un chollo. El problema será que no podremos aportar más, aunque yo en estos dos fondos ya voy servido y no tenía intención de seguir aportando en el corto plazo.
Ir a respuesta
overdose 27/02/18 07:29
Ha respondido al tema BNP Paribas
De IB parece claro que hay que presentar el modelo 720:  https://ibkr.info/es/article/2082 Por favor tenga en cuenta que Interactive Brokes no comparte ningún tipo de información relativa al modelo 720 con el gobierno o autoridades tributarias españolas. Los clientes son directamente responsables de realizar dichos reportes y deben consultar con su asesor tributario en caso de requerir ayuda para completar dicho modelo. Sobre Esfera Capital, ni idea. Lo siento.
Ir a respuesta
overdose 26/02/18 15:47
Ha respondido al tema BNP Paribas
Pregunta 28: Si el obligado tributario sujeto a estas obligaciones de información es titular de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva extranjeras que fueron adquiridas mediante comercializadoras de dichas instituciones en España o a través de representantes en España de las entidades gestoras que operan en régimen de libre prestación de servicios, ¿existe obligación de presentar declaración informativa, Modelo 720, sobre estas acciones si se cumplen el resto de requisitos para estar obligado a declarar? Respuesta: No. De acuerdo con la Consulta Vinculante de de la Dirección General de Tributos, las acciones y participaciones en instituciones de inversión colectiva extranjeras comercializadas en España del modo citado, no quedarán incluidas en la obligación de informar regulada en el artículo 42 ter.2 del Reglamento General aprobado por el RD 1065/2007, de 27 de julio, en tanto los referidos valores se mantengan registrados por sus titulares en dichos comercializadores o representantes, ya que la información a que se refiere el citado artículo 42 ter.2 queda cubierta por las obligaciones de información que corresponden al comercializador o al representante, en particular, por las previstas en el artículo 39.2 del citado Reglamento. http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/720/Recopilacion_preguntas_frecuentes.pdf En resumidas cuentas, independientemente del fondo del cual seas partícipe, si éste fue contratado a través de una comercializadora registrada en España (como es el caso de BNP Paribas SA Sucursal en España) es la propia comercializadora la que debe informar a Hacienda y no tú.  
Ir a respuesta