Al estar en gananciales todo lo que hayáis generado durante el matrimonio es común, por lo que podrían ir contra las cuentas y bienes comunes que tengáis. Entiendo que no contra lo que esté solo a tu nombre.
Salvo mejor opinión
Un saludo
Hola. No creo que eso vaya a pasar. Y menos después de los movimientos uqe han hecho los bancos estas últimas horas. Si yo fuese cliente de esas entidades les estaría muy agradecido por las decisiones valientes que están tomando.
Un saludo
Pues el mismo ING cumple perfectamente lo que dices.
También podría servirte Openbank. Lo que no acabo de entender es lo de la tarjeta... doy por hecho que ya la tienes y que es de algún banco, ¿no? Será que estoy espeso pero no acabo de entender exactamente lo que quieres.
Saludos
Te la puede abrir cualquiera. Si eres morosa con sentencia judicial o con la Seguridad Social habrá embargo tras recibir la prestación (una parte de ella, supongo). Si no hay sentencia no veo por dónde te van a meter mano.
Suerte
Lo que te dice kerb31 es lo más sensato y prudente. Lo mismo nunca te llaman pero vas a estar 5 años con la mosca detras de la oreja...
Yo he hecho lo del préstamo entre particulares y es lo mejor. Lo dejas registrado y si te llaman desde Hacienda presentas el documento con su sello de entrada y ya está.
Ojo, el contrato se debe presentar en la Hacienda autonómica. Es un trámite sencillísimo.
¡Ah!, otra cosa!. Plantéate seguir trabajando con estos que te han hecho eso...
Saludos
Hasta donde yo sé, eso no influye para nada.
Una cosa es el titular y otra el autorizado. En tu cuenta el titular eres tú. En la otra cuenta el titular es la otra persona.
No consideres que lo del titular tiene algo que ver con el autorizado. Ni aunque estén cruzados entre sí.
Saludos
A ver, me parece que estás mezclando conceptos.
El titular es el propietario del dinero y el responsable de él ante Hacienda. El autorizado es simplemente una persona a la que el titular faculta para poder manejar la cuenta, previo aviso por escrito al banco.
Ya está. Si tú quieres poner dinero tuyo en una cuenta en la que eres autorizado, de cara a Hacienda por supuesto que podría ser considerado una donación. El dinero está cambiando de propietario legal. A Hacienda le da igual que seas autorizado o no y simplemente se fijará en que el titular ha tenido un incremento patrimonial procedente de otra persona y os hará pagar los 2 (si lo detecta)
Evidentemente la cantidad de la que estemos hablando será lo determinante al final. Pro 1000 € no creo que se vayan a molestar pero si la cantidad es grande...
Saludos
Yo pienso lo mismo que tú. No me ando con cutredades pero también pienso que la clave para no vivir demasiado mal en el futuro está en saber apartar algo del presente para gastarlo después.