Difícil situación. Si tu padre estaba en condiciones cuando hizo testamento no veo escapatoria.El usufructo lo tendrá hasta que fallezca o renuncie, pero, ¿qué ha ocurrido con vuestra parte de la legítima del dinero? Entre los hijos tenéis derecho al 66,66%.Lo lamento mucho. Suerte.
Entiendo que sin una firma previa que acredite su contratación por tu parte no debe cobrarte nada. Es un servicio que hace a sus clientes, que son tus sobrinas.Siempre se lo puede preguntar directamente por teléfono.Salvo mejor opinión.Saludos
"De lo que ganes en la Lotería y el resto de sorteos de ONLAE tendrás que pagar a Hacienda un 20% de lo que supere el mínimo exento -esta cantidad ha ido subiendo desde los 10.000 euros de 2018 hasta alcanzar los 40.000 euros el pasado 2020-. En la lotería de Navidad de este año, por tanto, los premios de hasta 40.000 euros estarán exentos de tributar en el IRPF en 2022, por lo que no pagarás impuestos por esa cantidad, pero sí un 20% sobre el resto. Vamos, que solo pagarán el primer, segundo y tercer premio de la Lotería de Navidad 2021. Así, una persona que tenga un décimo agraciado con los 400.000 euros del Primer Premio, pagará 72.000 euros en impuestos (el 20% de 360.000) y recibirá 328.000 euros."El texto no es mío. Tienes la fuente aquíSi ya quieres la info de primera mano desde la AEAT, puedes leerlo aquíUn saludo
Es como te han dicho.Si te ha regalado el dinero, es una donación y deberías tributar por ello en la hacienda de tu Comunidad Autónoma.Si no te lo ha regalado, deberías hacer un contrato privado de préstamo entre familiares a interés 0% y registrarlo en la hacienda de tu Comunidad Autónoma (no te saldrá a pagar nada). Pero tendrás que devolverle los 60.000 en el plazo que hayáis estipulado y tú deberás tributar por los beneficios que tengas (si los hubiera, claro). Es como si hubieras pedido prestado dinero al banco para invertir en bolsa y el banco te lo prestara sin interés... pero se los tienes que devolver de manera acreditada.Saludos
Lo dice bien claro: Se lo prestó su suegro alemán. Supongo que firmaron un contrato privado donde establecían las condiciones de pago, los intereses (si lo hubiere) y los plazos.
Lo correcto es presentarlo en la Hacienda autonómica para que no haya problemas y guardar todos los recibos de los pagos por si te llamaran a inspección.
Suerte
Bueno, al final pasó lo siguiente:
Después de tener que hablar con bastantes técnicos, al final reconocieron que todo podría haberse debido a un fallo del programa que no debería haberme dejado presentar telemáticamente la declaración de un difunto (debería haberme obligado a presentarla por el banco). Pero como sí que me dejó presentarla y me avisó del problema después de esto me dijeron que la única solución era presentar un escrito solicitando la anulación de la presentada, esperar la confirmación de la AEAT y hacer una nueva pagándola por el banco.
Finalmente hice esto y parece que todo ha quedado solucionado (espero)
Un saludo