Si tu casilla 18 es de menos de 2.000€, la casilla 19: otros gastos deducibles, siempre va a ser la misma que la 18.Si tu casilla 18 es superior a 2.000€, la casilla 19 siempre será de 2.000€ (mientras no ganes más de 15.000€).Un saludo
Hola a todos,En mi opinión:Cálculo IMV y revisiones:Cogen la casilla 18, que son tus ingresos por trabajo brutos menos las cotizaciones. A mi me lo han calculado así, confirmado al 100% lo acabo de revisar de nuevo. Como dice @Doggie si has trabajado, la casilla 18 siempre será menor a la 12. Vuelvo a pedir a cualquiera que haya revisado su carta de aprobación del IMV me confirme si han utilizado para el cálculo la casilla 12 o la 18. Obviamente para personas que hayan trabajado.Cálculo incentivos:@ritekg5
, señalas que al dar la casilla 22 0€, se supone que no hay ingresos y no se aplica incentivos. Me podrías explicar por qué llegas a esa conclusión? En mi opinión que de 0€ (bien por no haber tenido ingresos o bien por haber ganado menos de 2.000€ y se quede a 0€ tras restar la famosa deducción de 2.000€) es igual. Tendrán en cuenta la diferencia entre la casilla 22 del 2021 y la del 2022. Quien en su declaración No tiene la casilla 22, es porque su valor es 0.Casos prácticos (en mi opinión)Caso 1: - Ingresos 2021 menores de 2.000€, la casilla 22 será siempre 0€.- Ingresos 2022 mayores de 2.000€ (por ejemplo3.000€) , la casilla 22 será: 3.000€ - 2.000€ (deducción): 1.000€----- Se tendrá en cuenta un importe de 1.000€ (2022-2021) para el cálculo de la deducción.Caso 2: - Ingresos 2021 menores de 2.000€, la casilla 22 será 0.- Ingresos 2022 menores de 2.000€, la casilla 22 será 0.----- Se tendrá en cuenta un importe de 0€ (2022-2021) para el cálculo de la deducción.Caso 3: - Ingresos 2021 mayores de 2.000€, por ejemplo 3.000€, la casilla 22 será 1.000€- Ingresos 2022 mayores de 2.000€ por ejemplo 5.000€, la casilla 22 será 3.000€.-----Se tendrá en cuenta un importe de 2.000€ (2022-2021) para el cálculo de la deducción.En resumen, si ganas menos de 2.000€, el incentivo no existe y solo se aplica como todos pensábamos si, tanto en 2021 como en 2022, has ganado más de 2.000€.Me parece muy raro y maquiavélico , porque todos los ejemplos que salieron en prensa eran del estilo "si en 2021 has ganado 0€ y en 2022 ganas 1.000€, tendrás 1.000€ de incentivo".De todas formas hasta que no empiecen con las revisiones son puras conjeturas, ya veremos qué pasa finalmente.Un saludo
Hola @doggie
,Aquí hay dos puntos diferentes: cómo se calcula el IMV (inicial y revisiones) y cómo se calculan los incentivos.Cálculo del IMV:Lo que tu dices es lo que yo daba por hecho que se utilizaba, simplemente he revisado cómo me calcularon a mi el IMV. En la carta de aprobación del IMV, el importe que indican como "Ingresos anuales computables" y que restado a mi "Renta anual garantizada" da mi "Importe anual de la prestación" NO es la 12, sino la 18, a la que le suman más importes de otros ingresos (si se tienen que no todo el mundo los tiene) importante esto, no procedentes de Rendimientos de trabajo (ayudas, alquileres,...)Entiendo que es un poco lioso y viendo el Artículo 20 que señalas está claro que debería de ser así, no se si alguna otra persona podría confirmar este punto porque me parece increíble que a estas alturas no tengamos claro ni cómo calculan nuestros ingresos anuales para el IMV.Cálculo INCENTIVOS:Está claro que utilizarán la casilla 22 y si no tienes esta casilla en tu declaración la calcularán.En poco más de 1 mes espero que salgamos de dudas¡¡¡Gracias a todos por vuestros comentarios¡Un saludo
Hola a todos,Para el cálculo inicial del IMV (y entiendo que para las revisiones lo mismo) la casilla que se toma en consideración NO es la 12, sino la 18. En la casilla 12 (ingresos brutos) están incluidos las Cotizac. Seguridad Social, Mutualidad Funcionarios, detracciones derechos pasivos y Coleg.Huérfanos. La casilla 18 son tus ingresos brutos menos tus cotizaciones, y este es el dato que utilizan (si me equivoco que alguien me corrija). Además al importe de esta casilla 18 habría que sumarle otros ingresos (en el caso que se tengan) procedentes de ayudas (cheque 200€), alquileres, etc por lo que el importe final que se tendría en cuenta sería casilla 18 + otros ingresos.Para el cálculo de INCENTIVOS, según el BOE se utilizará la casilla 22 (más exactamente la diferencia entre el importe de esta casilla en 2022 menos el importe de 2021, o lo que es lo mismo el INCREMENTO entre ambos años). Esta casilla indica tu RENDIMIENTO NETO (ingresos brutos - cotizaciones - otros gastos deducibles que aparece en la casilla 19). Y aquí es donde veo el problema, si en 2021 has ingresado 0€ de sueldo (ni tienes casilla 22) y en 2022 has ingresado digamos 5.000€, NO tienes un incentivo de 5.000€ sino de 3.000€, ya que para llegar a la casilla 22 se aplica la casilla 19 (otros gastos deducibles) que normalmente suelen ser unos 2.000€, que obviamente solo si aplica si superas un mínimo de ingresos.Supongo que hasta noviembre no tendremos la solución, así es como lo entiendo yo, haber si alguien lo ve diferente.Un saludo
Pues no lo tengo claro, para el calculo inicial y revisiones del IMV utilizan la casilla 0018 (ANTES de deducciones) no? y para incentivos utilizarán casilla 0022 (TRAS deducciones). He buscado por el foro pero no veo ningún post ni documento oficial BOE donde indique la casilla exacta que se utiliza para el IMV pero creo que a nadie le han contabilizado los ingresos tras deducciones. En el BOE dice sobre el IMV: a) Con carácter general las rentas se computarán por su valor íntegro, excepto las procedentes de actividades económicas, de arrendamientos de inmuebles o de regímenes especiales, que se computarán por su rendimiento neto. La casilla referente a valor íntegro de rentas sería en todo caso la 0012.En mi caso cuando me aceptarón el IMV no tenía casilla 0022 a mi me cogieron la casilla 0018.Bueno vaya lío, sería genial tener exactamente claro que casilla utilizan para el cálculo inicial y revisiones del IMV 12 o 18.Un saludo
Buenos días,Una duda sobre el INCENTIVO, se supone que van a coger el dato de la casilla 22 y calcular el incremento entre el valor de la declaración de 2021 y 2022. La casilla 22 se calcula restando a la suma de rendimientos previos (casilla 18) las posibles DEDUCCIONES (casillas 19,20 y21). Si por ejemplo en 2021 has ingresado muy poco (ejemplo 2.000€) no existen deducciones pero si en 2022 has ingresado digamos 6.000€ suele haber una deducción de 2.000€ (casilla 19) quedando el valor de la casilla 22 en 4.000€. Calculando el incentivo sobre la casilla 22 saldría un valor de incremento de solo 2.000€¡¡¡Para el calculo inicial y revisiones del IMV general utilizan la casilla 18 (importe sin deducciones) pero para los incentivos utilizan la 22 (con deducciones), que listos no???Alguien me puede confirmar?Gracias y un saludo
Hola @sonia123
,Entiendo que todo lo que cobre en exceso durante este 2023 lo tenga que devolver, pero lo cobrado correspondiente a 2022 también? En ese caso, para los cálculos utilizan el IRPF de 2022 tanto para lo pagado en 2023 como en 2022?Además está el tema de los incentivos al empleo, que aunque la ley entró en vigor en Enero de este 2023, en la revisión de este Noviembre de 2023, parece ser que ya tendrán en cuenta el incremento en ingresos 2021 vs 2022 no?Bueno supongo tocará guardar todo lo cobrado y esperar a Noviembre para salir de dudas.Un saludo
Gracias por la respuesta @universaldad
,He revisado otros temas y veo que es un punto que no esta 100% claro, la cuestión es cuánto me van a pedir que devuelva en la revisión de finales de este año.Para esta revisión de Noviembre de 2023 utilizarán mi IRPF de 2022, pongamos 5.000€, si mi renta garantizada son 6784€ quedaría in nuevo IMV de 1.784€ (148€ al mes) hasta aquí ok no?Si yo he estado cobrando desde Febrero de 2022 (carácter retroactivo) unos 450€/mes, tendría que devolver la diferencia de todo lo cobrado tanto en 2022 como en 2023? En este ejemplo (450€ - 148€ =270€ por 11 meses de 2022 + 270€ por 12 meses de 2023)?Espero haberme explicado correctamente, es un tema importante porque es bastante dinero.Un saludo
Buenas tardes,@ritekg5
Finalmente acudí tanto al padron como a servicios sociales. En el primero me indican que aún no está actualizado el padron así que no puedo hacer nada. Seguido fui a servicios sociales y tras comentarle mi situación me han hecho un certificado indicando que no formó parte, ni he formado parte nunca de otra unidad de convivencia con la persona que estaba empadronada en mi domicilio, no teniendo relación de parentesco ni afinidad y que no convive en mi domicilio en la actualidad y se está a la espera de la actualización de padron. Así que teniendo en cuenta la recomendación de servícios sociales voy a ir adelante con la reclamación. He visto la opción de presentarla online a través de este enlace https://tramites.seg-social.es/acceso/reclamacion-previa.htmlTengo unos días aún para realizarla así que quiero hacerla bien y sin ningún error. Además del certificado de servicios sociales hay que adjuntar un escrito de alegaciones no? Cualquier comentario, ayuda o recomendación os la agradecería enormemente a todos. Un saludo