Vale, ya lo miré... esas becas de cursos de formación y/o transporte a desempleados son rendimientos del trabajo (retribuciones dinerarias, casilla 0003 del IRPF) y se suma junto a las de 0007 a 0010 quitándole las reducciones aplicadas en la 0011 y formando el resultado de la famosa casilla 0012 (que da pie a la 0017 y 0018, la que tienen en cuenta para restártelo del importe MÁXIMO anual para tu unidad de convivencia y arrojando el importe de IMV anual ASIGNADO y aplicado a cada caso aunque la mayoría de gente que solo haya obtenidos ingresos del trabajo tendrán la casilla 0012 y 0018 con idéntico valor)
La casilla 0022 (que es la que se considera para el cálculo de INCENTIVOS) es la casilla 0018 menos algunos gastos deducibles del IRPF. Si no te aparece en tu renta la casilla 0022 es porque dichas deducciones superan la suma de rendimientos netos de la 0018 y es cero (por lo que no se aplicará el sistema de INCENTIVOS a falta de verificar otras casillas del IRPF correspondientes a ingresos por actividades económicas)
¿Está claro, no?