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Pacomopacomo 20/09/24 11:03
Ha respondido al tema Fiscalidad plan pensiones por incapacidad permanente absoluta
Al ser una pensión exenta no cuenta para nada y en la declaración de renta no se tiene que incluir, por tanto, si el plan a recuperar es 12.000 €, lo puede rescatar de una sola vez y no le supondrá ningún coste fiscal, ni tendrá obligación de declararlo al no llegar al limite de 22.000 €.
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Pacomopacomo 20/09/24 10:43
Ha respondido al tema Fiscalidad plan pensiones por incapacidad permanente absoluta
Suponiendo que tu pensión este exenta de irpf por ser absoluta, no tengas otros ingresos y efectúes declaración individual, el recuperar todo el plan de pensiones te supondría pagar 73.300 € de irpf.En tu caso tienes varias opciones mucho mejores.Recuperar 21.000 € cada año y pagar por ello 2.300 € que te retendría el banco y no tendrías obligación de hacer declaración de renta.Otra sería recuperar 16.000 cada año y no habría retenciones ni obligación de hacer declaración de renta, limpio total.Aún nos queda el supuesto de que tengas aportaciones anteriores a 2007, en ese caso todas esas aportaciones y sus rendimientos tienen una exención del 40%, o sea rescatas 100 y sujetas a retención o impuestos solo estarían 60, este sería el primer rescate que hicieras, a partir de aquí ya no tendrías exención, para acogerte a esta exención tienes que cumplir requisitos de tiempo establecidos para ello; a continuación ya establecerías los rescates anuales o mensuales que más te convengan.Todos estos ejemplos son partiendo de la base que tengas reconocida una discapacidad entre el 33% y el 64%, y de que no tengas otros tipos de ingresos. Si tu situación fuera algo distinta habrían ligeras variaciones en las cantidades. Al ser una cantidad tan grande hay que afinar mucho, si no, Hacienda se lleva un buen pellizco. 
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Pacomopacomo 20/09/24 10:09
Ha respondido al tema ¿Estafar a través del IRPF?
Bajar la retención de lo establecido la empresa no lo hará, estaría incumpliendo la normativa sobre retenciones y exponiéndose a una sanción por parte de Hacienda.
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Pacomopacomo 20/09/24 10:03
Ha respondido al tema ¿Estafar a través del IRPF?
Para saber las retenciones de este año 2024, tienes que considerar los ingresos que vas a tener este año 2024, no las del año pasado.
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Pacomopacomo 20/09/24 09:59
Ha respondido al tema ¿Estafar a través del IRPF?
El balanceo que tu refieres lo hacen y es legal cuando tus ingresos varían mes a mes, estos ajustes son obligatorios hacerlos.
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Pacomopacomo 20/09/24 09:52
Ha respondido al tema ¿Estafar a través del IRPF?
Si quieres salir de dudas y saber si te están reteniendo correctamente, aquí tienes el programa Retenciones 2024 de Hacienda, introduces los datos que te pide y te dirá exactamente la retención que te corresponde, la cantidad anual y el porcentaje.                                                                                      https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R200/R242/index.zul
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Pacomopacomo 15/09/24 22:11
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Desde mi punto de vista el cálculo para obtener la reducción por la DT de la mutualidades es el siguiente, partiendo de un ejemplo en que el trabajador cotizó 44 años, empezó a cotizar el año 1965 de forma continuada, siempre a mutualidades, cobra actualmente 30.000 € brutos de pensión: A = años anteriores a 1967 = 2 años. B = años comprendidos entre 1967 y 1978 ambos incluidos = 12 años. Primer cálculo: X1 = A (2) / 35 = 5,7% Segundo cálculo: X2 = B (12) /35 = 34,2% El 5,7% se toma por su valor entero por corresponder al periodo A, al que se aplica una reducción del 100%. Ahora al 34,2% le aplicamos el 25% y nos quedará 34,2 * 25% = 8,5%, por ser este 25% la reducción correspondiente al periodo B. Reducción total a aplicar a la pensión = 5,7% + 8,5% = 14,2%. Por tanto 30.000 € * 14,2% = 4.260 € importe de la reducción del año 2023. Este 14,2% lo aplicamos al importe de la pensiones que hemos cobrado durante los 4 años (2019, 2020, 2021, 2022) y nos saldrá el importe de la reducción de cada año. Si partimos de la reducción que Hacienda ha figurado en los Datos Fiscales de 2023, la dividimos entre la pensión cobrada 30.000 € y obtenemos el % que a aplicado, a partir de ahí, hacemos lo mismo que anteriormente, este % lo aplicamos a las pensiones de los 4 años y nos saldrá la reducción de cada año. Espero aclare tu pregunta, en mi caso y más casos que he comprobado es así. La sentencia también lo expone así. En una primera interpretación por parte de Hacienda, en el divisor no aplicaba 35 años, si no que aplicaba todos los años cotizados durante la vida laboral, más tarde, el tribunal correspondiente le hizo corregir para que aplicara los 35 años, debido a esto y a más factores, es por lo que en principio a mucha gente nos aparecía en los datos fiscales una reducción que más tarde modificaron. 
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Pacomopacomo 15/09/24 10:44
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Las que yo he visto rectificadas no llevan número de justificante, quizás no corresponde que figure al haber hecho ellos la rectificación de oficio, en las rectificaciones que hacemos nosotros, por otros motivos, tampoco aparece número de justificante.El resultado de la rectificación aparece en la casilla 0685, casi a final de todo, esta es la cantidad que ahora tienen que devolver a no ser que no tenga retenciones, entonces no le devolverán nada.El resultado de la nueva declaración que han hecho ellos minorando la DT aparece en la casilla 0670, el resultado de la declaración inicial que presentamos nosotros en su momento, aparece en la casilla 0682, el resultado a devolver aparece en la casilla 0685, restando 0670 - 0682 = 0685. Pongo un recorte de una rectificación real. Cantidad a recibir ahora 2.228,81 €.
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